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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Martes, 16 de julio de 2013 Pág. 28470

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

CÉDULA de 27 de junio de 2013, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se publican unas notificaciones de resoluciones de expedientes sancionadores (PESAN1 2012/000227-2 y PESAN1 2012/000246-2).

Según el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), se notifica a las personas que se relacionan en esta cédula, las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre.

Los interesados disponen de diez días, desde el día siguiente a que se publique este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que se establezca, el recurso pertinente.

Los expedientes siguientes están a disposición de los interesados en la Jefatura Territorial de Lugo, con sede en la avenida Ramón Canosa, s/n, Viveiro, 27863.

Nº de expediente: PESAN1 2012/000227-2.

Denunciado: Emilio Miguel Ramos Fernández.

DNI: 77595932-G.

Dirección: Leandro Cucurni, nº 1, 3º, Burela.

Precepto infringido: artículo 137.B.2.

Sanción: 151 euros.

Nº de expediente: PESAN1 2012/000246-2.

Denunciado: David Marta Caamaño.

DNI: 32699389-J.

Dirección: Padre Feijoó, bloque 27, portal 3, 2º D, Ferrol.

Precepto infringido: artículo 137.A.1 y artículo 137.B.2.

Sanción: 3.301 euros.

Según la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG nº 235, de 5 de diciembre), los importes de las sanciones deberán abonarse en los plazos que establece el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, o de lo contrario se cobrarán inmediatamente por la vía de apremio reglamentaria. Para pagar en período voluntario los interesados deberán recoger en la Jefatura Territorial de la Consellería del Medio Rural y del Mar el documento de ingreso correspondiente.

Si los interesados cumplen los requisitos que se prevén en el articulo 151 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, podrán solicitar, en un mes desde la firmeza de la resolución, la suspensión condicional de la ejecución de la sanción que se ha impuesto, mediante un escrito que se motive en el que se comprometa a atenerse a las condiciones que se establezcan para que se otorgue, para garantizar, durante la suspensión, el respeto a la normativa que regula la actividad pesquera.

Lugo, 27 de junio de 2013

José Ramón Losada Fernández
Jefe territorial de Lugo