Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber:
Sentencia.
En Santiago de Compostela a 7 de junio de 2013.
Susana Villarino Moure, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos nº 791/2012, promovidos ante este juzgado de lo social sobre despido, a instancia de Almudena Boo Carril contra Promociones Panamá 14, S.A., que no comparece, Fogasa, que no comparece, ha pronunciado la siguiente sentencia.
Fallo que debo estimar y estimo la demanda sobre despido formulada por Almudena Boo Carril frente a Promociones Panamá 14, S.A. y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido de que fue objeto con efectos de 13 de septiembre de 2012, con condena de la empresa indicada a que readmita inmediatamente a la trabajadora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de los salarios dejados de percibir a razón de 28,73 euros diarios, o bien, a elección del empresario, a la extinción de la relación laboral con abono de una indemnización de 475,34 euros.
Dicha opción deberá ejercitarse en 5 días a partir de la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho término sin que el empresario hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.
No ha lugar a condenar en esta instancia al Fogasa, sin perjuicio de su responsabilidad de conformidad con el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación
Santiago de Compostela, 7 de julio de 2013
La secretaria judicial