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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Lunes, 1 de julio de 2013 Pág. 25730

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (PO 192/2011).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 192/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Ramón Rodríguez Suárez contra la empresa Piera & Rodríguez, S.L., Fogasa sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallo:

Se estima la demanda interpuesta por José Ramón Rodríguez Suárez frente a Piera & Rodríguez, S.L. y, en consecuencia, se condena a la demandada a abonar al actor la cantidad de 13.953,76 euros con los intereses del 10 % previsto en el artículo 29.3 del ET.

Se declara la prescripción de las cantidades reclamadas devengadas hasta noviembre de 2009 en relación a la eventual responsabilidad del Fogasa en virtud de los artículos 33 del ET y concordantes.

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Miguel Herrero Liaño, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 7 de junio de 2013

La secretaria judicial