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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Miércoles, 19 de junio de 2013 Pág. 23772

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2013 por la que se autoriza una permuta de puntos de fondeo entre las bateas de cultivos marinos C.R. IV y K. III.

Visto el expediente instruido a los efectos de otorgamiento de autorización para la permuta de puntos de fondeo entre bateas, se apreciaron los siguientes:

a) Antecedentes:

Primero. Mediante escrito de 2 de mayo de 2013, Joaquín Outeiral Fernández, en representación de Mariscos Joyfra, S.L. (B-15259773), Beatriz Ozores Torrado y Benito Ojea Silva (33112217Z-33112004P) solicitan permiso para la permuta de puntos de fondeo entre las bateas denominadas C.R. IV y K. III.

Segundo. Los interesados aportaron la documentación requerida para la tramitación en este tipo de procedimientos.

Tercero. En el expediente constan los informes técnicos de las bateas.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Orden de 18 de abril de 2001 por la que se regula el procedimiento que regirá la permuta de puntos de fondo y los cambios de sistema, localización y cultivo en los viveros de cultivos marinos (DOG nº 83, de 30 de abril), y con la Resolución de 12 de abril de 2012 de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Segundo. El expediente se tramitó de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG nº 228, de 21 de noviembre).

Vistos los antecedentes citados y de acuerdo con las consideraciones legales y técnicas, esta consellería resuelve:

Otorgarles a Mariscos Joyfra, S.L. (B-15259773), Beatriz Ozores Torrado y Benito Ojea Silva (33112217Z-33112004P) autorización para la permuta de puntos de fondeo entre las bateas que se indican:

Subtipo: batea.

Nombre: C.R. IV.

Especies: Mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Localización: cuadrícula nº 49.

Polígono: C.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Final de la vigencia: 15.12.2019.

Titular: Mariscos Joyfra, S.A. (B-15259773).

Subtipo: batea.

Nombre: K. III.

Especies: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Localización: cuadrícula nº 66.

Polígono: H.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Final de la vigencia: 15.12.2019.

Titular: Beatriz Ozores Torrado y Benito Ojea Silva (33112217Z-33112004P).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. Como consecuencia de la permuta se modifican las localizaciones y vigencias de los títulos habilitantes, que quedan como se indica:

Subtipo: batea.

Nombre: C.R. IV.

Localización: cuadrícula nº 66.

Polígono: H.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Final de la vigencia: 15.12.2019.

Subtipo: batea.

Nombre: K. III.

Localización: cuadrícula nº 49.

Polígono: C.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Final de la vigencia: 15.12.2019.

Segunda. Las bateas afectadas deberán adaptarse a las condiciones de los polígonos de destino.

Tercera. La permuta se realizará en el plazo máximo de 3 (tres) meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución. Finalizado el plazo indicado para la realización de la permuta sin que esta se llevase a cabo la autorización quedará sin efecto.

Cuarta. Las fechas de fondeo deberán ser comunicadas con antelación suficiente, mediante escrito dirigido a la jefatura correspondiente de esta consellería en Ribeira, a efectos de que se realicen bajo la supervisión y el control del personal técnico del Servicio de Protección de los Recursos.

Quinta. Las bateas contarán con la pertinente autorización de los organismos competentes en la materia para el traslado a la nueva localización.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Medio Rural y del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 2 de mayo de 2013

P.D. de firma (Resolución de 12 de abril de 2012)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe de Coordinación del Área del Mar de A Coruña