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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Viernes, 14 de junio de 2013 Pág. 22985

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (674/2011).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 674/2011, a instancia de Juan Bernardo Sánchez Rodríguez contra las empresas Proesga-Proyectos y Estudios de Galicia, S.L., Zimmer Heim Ibérica, S.L., Comytex Estudios Técnicos Comerciales, S.L., Arbitek Galicia, S.L., Programetal, S.L., Tecnología y Diseños de Interiores, S.L., Ingeniería Técnica en Fachadas Ventiladas, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, en los que recayó sentencia, en fecha 20 de mayo de 2013 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallo que se estima la demanda formulada por Juan Bernardo Sánchez Rodríguez frente a Proesga-Proyectos y Estudios de Galicia, S.L., Zimmer Heim Ibérica, S.L., Comytek Estudios Técnicos Comerciales, S.L., Arbitek Galicia, S.L., Progra Metal, S.L., Tecnología y Diseños de Interiores, S.L., Ingeniería Técnica en Fachadas Ventiladas, S.L. y, en consecuencia:

– Se condena a las empresas Proesga-Proyectos y Estudios de Galicia, S.L., Zimmer Heim Ibérica, S.L., Comytek Estudios Técnicos Comerciales, S.L., Arbitek Galicia, S.L., Progra Metal, S.L., Tecnología y Diseños de Interiores, S.L., Ingeniería Técnica en Fachadas Ventiladas, S.L. a abonar solidariamente al actor la cantidad de dieciséis mil setecientos euros (16.700 euros).

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a las empresas Proesga-Proyectos y Estudios de Galicia, S.L., Zimmer Heim Ibérica, S.L., Comytex Estudios Técnicos Comerciales, S.L., Arbitek Galicia, S.L., Programetal, S.L., Tecnología y Diseños de Interiores, S.L., Ingeniería Técnica en Fachadas Ventiladas, S.L., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 28 de mayo de 2013

La secretaria judicial