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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Lunes, 10 de junio de 2013 Pág. 21769

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2013 por la que se modifica la Resolución de 25 de abril de 2013 por la que se anuncia la licitación, sujeta a regulación armonizada, por el procedimiento abierto y tramitación ordinaria, del servicio de realización de actividades de formación en el ámbito de la Administración de justicia en Galicia, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013 (expediente 70/2013).

Advertidos determinados errores en el pliego de cláusulas administrativas particulares para la contratación, sujeta a regulación armonizada, por el procedimiento abierto y tramitación ordinaria, del servicio de realización de actividades de formación en el ámbito de la Administración de justicia en Galicia, publicado en el Diario Oficial de Galicia número 84, de 2 de mayo de 2013, se procede a su corrección.

En el título del pliego de cláusulas administrativas particulares, donde dice:

«Pliego de cláusulas administrativas particulares para la contratación, sujeta a regulación armonizada, por el procedimiento abierto y tramitación ordinaria, del servicio de realización de actividades de formación en el ámbito de la Administración de justicia en Galicia, cofinanciado en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013 (expediente 70/2013)».

Debe decir:

«Pliego de cláusulas administrativas particulares para la contratación, por el procedimiento abierto y tramitación ordinaria, del servicio de realización de actividades de formación en el ámbito de la Administración de justicia en Galicia, cofinanciado en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013 (expediente 70/2013)».

En la cláusula C) de la hoja de especificaciones del pliego de cláusulas administrativas particulares (objeto del contrato), donde dice:

«Nomenclatura:

CPA-2008: 62.02 - Servicios de consultoría informática.

CPV-2008: 72100000-6 - Servicios de consultoría en equipamento informático».

Debe decir:

«Nomenclatura:

CPA-2008: 85.59.13 - Servicios de formación profesional n.c.o.p.

CPV-2008: 80533100-0 - Servicios de formación informática.

Las prestaciones derivadas de esta contratación son las propias de los contratos de consultoría y asistencia previstos en la anterior Ley de contratos de las administraciones públicas, por lo que, a efectos de la clasificación de las empresas licitadoras, y pese a lo requerido en el artículo 65 del TRLCSP, a falta de desarrollo normativo del citado precepto legal, no resulta posible requerir clasificación dado que no es posible encuadrarlo en ninguno de los grupos previstos en el artículo 37 y anexo II del Reglamento general de la Ley de contratos de las administraciones públicas.

Teniendo en cuenta lo anterior y al amparo de la disposición transitoria cuarta del texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas, se sustituirá la acreditación de la clasificación por la acreditación de la solvencia como requerimiento para concurrir a la licitación, según se indica en el apartado N de esta hoja de especificaciones».

En la cláusula G) de la hoja de especificaciones del pliego de cláusulas administrativas particulares (valor estimado, presupuesto de licitación y aplicación presupuestaria), donde dice:

«El presupuesto máximo autorizado es de 416.400,00 € (cuatrocientos dieciséis mil cuatrocientos euros), más 87.444,00 € (ochenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y cuatro euros) que corresponden al IVA (21 %), lo que supone un total de 503.844,00 € (quinientos tres mil ochocientos cuarenta y cuatro euros), distribuyéndose en las siguientes anualidades:

• 2013: 104.100,00 € + IVA (21.861,00 €) = 125.961,00 €.

• 2014: 208.200,00 € + IVA (43.722,00 €) = 251.922,00 €.

• 2015: 104.100,00 € + IVA (21.861,00 €) = 125.961,00 €».

Debe decir:

«El presupuesto máximo autorizado es de 416.400,00 € (cuatrocientos dieciséis mil cuatrocientos euros), exento de IVA de acuerdo con el artículo 20.9 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido, distribuyéndose en las siguientes anualidades:

• 2013: 104.100,00 €.

• 2014: 208.200,00 €.

• 2015: 104.100,00 €».

En la cláusula N) de la hoja de especificaciones del pliego de cláusulas administrativas particulares (solvencia y clasificación), donde dice:

«Teniendo en cuenta la remisión efectuada por la disposición transitoria cuarta del TRLCSP al artículo 25 del texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas, así como el presupuesto de licitación de la presente contratación, la empresa ofertante deberá estar en posesión de la clasificación de empresa de servicios en el grupo V, subgrupo 5, categoría B».

Debe decir:

«Los licitadores deberán acreditar su solvencia de conformidad con lo dispuesto a continuación.

Para acreditar la solvencia exigida, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre, mediante la presentación de un acuerdo firmado entre las partes, que para la ejecución del contrato dispone efectivamente de esos medios.

Medios de acreditación de la solvencia económica y financiera.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.1, letra a) del TRLCSP, se acreditará mediante:

Declaraciones adecuadas de entidades financieras emitidas expresamente para la participación en este procedimiento de contratación, o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. En el supuesto de presentar dicho seguro, se considerará solvente el licitador que acredite haberlo suscrito con una entidad aseguradora por un capital equivalente al presupuesto de licitación.

Medios de acreditación de la solvencia técnica.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78, letra a) del TRLCSP, se acreditará mediante:

Relación, sellada y firmada, de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificaciones expedidas o visadas por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante una certificación expedida por este, o a falta de esta certificación, mediante una declaración del empresario. Sólo se tendrán en cuenta a efectos de acreditar la solvencia los servicios o trabajos relacionados con el objeto de la presente contratación que aparezcan relacionados y respecto de los cuales se aporten certificaciones o declaración del empresario a que se hace referencia en este apartado. Se reputará solvente el licitador que haya realizado en los tres últimos años al menos tres servicios o trabajos, que en su conjunto sumen un importe igual o superior al presupuesto de licitación de esta contratación y que guarden relación con el objeto del contrato.

Relación de los servicios o trabajos ejecutados en el curso de los tres últimos años, acompañada de certificados de buena ejecución o, en su caso, declaración del empresario

Denominación y objeto concreto

Importe

Finalización de la ejecución (día/mes/año)

Destinatario

El citado período de tres últimos años abarcará:

• Respecto del año 2010, desde el día equivalente al siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones y hasta el 31 de diciembre.

• Los años 2011 y 2012 completos.

• Y el período transcurrido del año 2013 hasta el día de finalización del plazo de presentación de proposiciones.

A efectos de la valoración de su relación o no con lo correspondiente a la presente contratación, deberán estar correctamente identificados los respectivos objetos de los servicios o trabajos referidos, que deben guardar relación con el objeto del contrato».

La fecha límite de presentación de ofertas finalizará en el plazo de 15 días contados desde la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 4 de junio de 2013

Mar Pereira Álvarez
Directora de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia