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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Viernes, 7 de junio de 2013 Pág. 21405

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2013, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Dumbría (expediente IN407A 299/2009).

A los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), sobre autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la petición de autorización administrativa y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se cita:

Solicitante: Red Eléctrica de España, S.A.U.

Domicilio social: paseo Conde de los Gaitanes, nº 177, La Moraleja, 28109 Alcobendas (Madrid).

Denominación: modificado nueva subestación de transporte Regoelle 220 kV.

Situación: ayuntamiento de Dumbría.

Características técnicas:

Nueva subestación de Regoelle con las siguientes características principales:

Tensión nominal: 220 kV.

Tensión mas elevada para el material (Um): 245 kV.

Tecnología: GIS.

Instalación: interior.

Intensidad de cortocircuito de corta duración: 50 kA.

Parque de 220 kV con una configuración de doble barra con acoplamiento, seis posiciones, de las cuales cinco serán de línea y una posición de acoplamiento y medida. El parque se diseña para ser ampliado en tres posiciones que quedarán de reserva. El aparellaje de 220 kV estará compuesto por módulos blindados montados en el interior de un edificio construido al efecto, con aislamiento en SF6 y equipos convencionales como las autoválvulas. Las conexiones desde la zona de pórticos de línea hasta el edificio GIS se realizarán mediante tubo blindado encapsulado en SF6.

La relación concreta e individualizada de los bienes o derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa figura en el anexo.

La declaración de utilidad pública, según el artículo 54 de la Ley 54/1997, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el expediente y presentar sus alegaciones en esta jefatura territorial, sita en el Edificio Administrativo de Monelos, calle Vicente Ferrer, 2, 2º planta, 15071 A Coruña, en el plazo de veinte días, a partir de la última publicación o notificación individual.

Es de significar que esta publicación se realiza igualmente a los efectos determinados por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los interesados sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien cuando, intentada la notificación, no se pudiera realizar, y de este modo dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan sobre estos, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.

A Coruña, 9 de mayo de 2013

Susana Vázquez Romero
Jefa territorial de A Coruña

Anexo
Relación de bienes y derechos

Modificacion del proyecto SE a 220 kV de Regoelle.

Término municipal de Dumbría (A Coruña).

Parcela proyecto

Propietario

Referencia catastral

Polígono

Parcela nº

Superficie total parcela
(m2)

Ocupación pleno dominio subestación (m2)

Ocupación temporal (m2)

Naturaleza del terreno

1

María Virtudes Lema

15034A006006760000ZA

6

676

3.734,20

169,54

135,38

Agrario

2

Carmen Fdez. Lema

15034A006006850000ZL

6

685

1.001,33

203,84

33,94

Agrario

3

Crisanto Fdez. Lema

15034A006006890000ZO

6

689

1.178,53

85,40

15,33

Agrario

4

Jesús Fdez. Lema

15034A006006900000ZF

6

690

1.180,52

91,32

15,32

Agrario

5

Francisco Fdez. Lema

15034A006006910000ZM

6

691

11.262,94

1.786,71

210,75

Agrario

6

José Lema Senra

15034A006006920000ZO

6

692

4,422,03

747,82

46,84

Agrario

7

Pedro Lema Senra

15034A006006930000ZK

6

693

3.149,91

495,40

30,88

Agrario

8

Jesús Lema Senra

15034A006006940000ZR

6

694

3.202,43

474,20

29,95

Agrario

9

Elisa Lema Senra

15034A006006950000ZD

6

695

3.120,61

492,22

40,00

Agrario

10

Manuel Lema Senra

15034A006006960000ZX

6

696

3.194,88

448,30

30,50

Agrario

11

María Lema Senra

15034A006006970000ZI

6

697

3.172,45

464,58

31,36

Agrario

12

José Domínguez Louro

15034A006006990000ZE

6

699

13.687,38

1.433,92

138,82

Agrario

13

José Senra García

15034A006006750000ZW

6

675

643,37

23,00

16,50

Agrario

14

Lucinda Fdez. Lema

15034A006006840000ZP

6

684

671,90

259,24

94,16

Agrario

15

Manuela Benita Quintáns Pérez

15034A006006980000ZJ

6

698

3.227,98

613,22

239,78

Agrario

16

José Senra García

15034A006007010000ZS

6

701

17.841,60

30,58

75,80

Agrario