De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), se notifican a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG nº 243, de 15 de diciembre).
Las personas interesadas disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.
Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Jefatura de Coordinación del Área del Mar de Vigo, c/ Concepción Arenal, 8, 4º piso.
Nº de expediente: PESAN1 2012/000822-5.
Denunciado: Alfredo Felipe Branco de Almeida.
DNI: 227844122G.
Dirección: calle da Saudade, 16, Murtosa, 3870-159, Aveiro (Portugal).
Precepto infringido: 137.G.6.
Sanción: 3.811 euros.
Nº de expediente: PESAN1 2012/001019-5.
Denunciado: Óscar Dios Señoráns.
DNI: 35488989N.
Dirección: Sobrán, 15, Faxilde, Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.B.2.
Sanción: 1.999 euros.
Nº de expediente: PESAN1 2012/001021-5.
Denunciado: Jaime Fontes Cores.
DNI: 35438466C.
Dirección: calle Rodas, 5, Vilanova de Arousa (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.B.2.
Sanción: 500 euros.
Nº de expediente: PESAN1 2012/001032-5.
Denunciado: Samuel Falcón Pomares.
DNI: 35435578F.
Dirección: calle Max Estrella, 2, portal 1, 1º D, Vilanova de Arousa (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.B.2, 138.A.1.
Sanción: 6.501 euros.
Nº de expediente: PESAN1 2012/001072-5.
Denunciado: Ángel Daniel Caride Montenegro.
DNI: 36045554T.
Dirección: camino Loureiro, 24, Chapela, Redondela (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.B.2.
Sanción: 151 euros.
De conformidad con lo previsto en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG nº 235, de 5 de diciembre), los importes de dichas sanciones deberán ser abonados en los plazos que establece el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario, los interesados deberán recoger en dicha jefatura de coordinación de la Consellería del Medio Rural y del Mar el documento de ingreso correspondiente.
Si cumplen los requisitos previstos en el artículo 151 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, podrán solicitar, en el plazo de un mes contado a partir de la firmeza de la presente resolución, la suspensión condicional de la ejecución de la sanción impuesta, mediante escrito motivado en el que manifiesten el compromiso de atenerse a las condiciones que para su otorgamiento se establezcan, a fin de garantizar, durante el plazo de suspensión, un comportamiento de respeto a la normativa reguladora de la actividad pesquera.
Vigo, 13 de mayo de 2013
Gerardo Zugasti Enrique
Jefe territorial de Pontevedra