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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Viernes, 31 de mayo de 2013 Pág. 19605

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

CÉDULA de 8 de mayo de 2013, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se hace pública una relación de notificaciones de resoluciones de expedientes sancionadores (PESAN1 2012/000235-2 y dos más).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), se notifican a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre.

Los interesados disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.

Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Jefatura Territorial de Lugo, en la Jefatura de Coordinación del Área del Mar, sita en avda. Ramón Canosa, s/n, Celeiro, Viveiro, 27863.

Nº de expediente: PESAN1 2012/000235-2.

Denunciado: Sergio Aragón Espallargas.

DNI: 43446475G.

Dirección: avda. da Mariña, 149, 2º D, Viveiro.

Precepto infringido: artículo 137.D.4.

Sanción: 151 euros.

Nº de expediente: PESAN1 2012/000247-2.

Denunciado: Ricardo José Ameneiros Pérez.

DNI: 79338464X.

Dirección: O Graño, nº 6, Valdoviño.

Precepto infringido: artigo 137.A.1, 137.B.2.

Sanción: 6.301 euros.

Nº de expediente: PESAN1 2012/000248-2.

Denunciado: Ramón Patiño Vázquez.

DNI: 32701865M.

Dirección: carretera A Gándara, 70, 2º B, Narón.

Precepto infringido: artículo 137.A.1, 137.B.2.

Sanción: 3.301 euros.

De conformidad con lo previsto en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG núm. 235, de 5 de diciembre), los importes de dichas sanciones deberán ser abonados en los plazos que establece el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario los interesados deberán recoger en la antedicha jefatura territorial de la Consellería de Medio Rural y del Mar el documento de ingreso correspondiente.

Si cumplen los requisitos previstos en el artículo 151 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, podrán solicitar, en el plazo de un mes contado a partir de la firmeza de la presente resolución, la suspensión condicional de la ejecución de la sanción impuesta, mediante escrito motivado en el que manifieste el compromiso de atenerse a las condiciones que para su otorgamiento se establezcan, a fin de garantizar, durante el plazo de suspensión, un comportamiento de respeto a la normativa reguladora de la actividad pesquera.

Lugo, 8 de mayo de 2013

José Ramón Losada Fernández
Jefe territorial de Lugo