Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Miércoles, 29 de mayo de 2013 Pág. 18976

III. Otras disposiciones

Consellería de Trabajo y Bienestar

ORDEN de 22 de mayo de 2013 por la que se hace pública la ampliación del importe existente para la concesión de ayudas destinadas a la programación de acciones formativas dirigidas prioritariamente a las personas trabajadoras desempleadas en la Comunidad Autónoma de Galicia correspondiente al ejercicio 2013, convocadas por la Orden de 31 de diciembre de 2012.

La Orden de 31 de diciembre de 2012 (DOG nº 14, de 21 de enero de 2013), establece en su disposición adicional cuarta que se podrán dictar resoluciones complementarias cuando existan fondos provenientes de renuncias de subvenciones inicialmente concedidas, de incrementos de las cantidades asignadas a la Comunidad Autónoma por la Administración del Estado o de otros remanentes de los módulos.

En consecuencia, como existen otras dotaciones que pueden ser utilizadas para los mismos fines, es necesario ampliar el importe de los créditos destinados a las ayudas que podrán ser concedidas al amparo de la referida Orden de 31 de diciembre de 2012, con la finalidad de hacer llegar estas al mayor número de beneficiarios posible.

Por todo lo expuesto y en uso de las facultades que me fueron concedidas

DISPONGO:

Artículo único

Primero. Se amplía el importe total de las ayudas que se van a conceder al amparo de la Orden de 31 de diciembre de 2012, en las siguientes cuantías y aplicaciones presupuestarias, que figuran dotadas en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2013:

Aplicación

Proyecto

Importe (€)

11.03.323A.440.0

200700645

9.333,06

201200617

5.378,43

11.03.323A.460.1

200901008

69.886,05

201000817

116.424,47

201100643

113.996,84

201200617

2.241.726,14

11.03.323A.481.0

200901008

68.135,38

201000817

12.049,85

201100643

177.092,18

201200617

872.534,46

Total

3.686.556,86

Segundo. Esta modificación no afecta al plazo establecido en la referida orden para la presentación de solicitudes.

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de mayo de 2013

Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar