Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 384/2012 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Ramón Bohorque Montero contra Esabe Vigilancia, S.A. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:
Que estimando la demanda presentada por Ramón Bohorque Montero, representado por el letrado Sr. Vila López, contra la empresa Esabe Vigilancia, S.A., que no compareció pese a estar citada en legal forma, debo condenar y condeno a la expresada entidad demandada a abonar a la actora la cantidad de cuatrocientos sesenta y cinco euros con cuatro céntimos (465,04), más el 10 % por mora.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndose saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación, por razón de la cuantía reclamada, que no supera los 3.000 euros.
Y para que sirva de notificación en forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto.
Lugo, 3 de mayo de 2013
El secretario judicial