Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 97 Jueves, 23 de mayo de 2013 Pág. 18048

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (1234/2010).

Mª Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 1234/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Tato Fernández contra la empresa Galeserga Global Services, S.L., Hervas Arjona Servicios, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por José Tato Fernández contra Galeserga Golobal Services, S.L. y contra Hervás Arjona Servicios, S.L., debo condenar y condeno solidariamente a las demandadas a abonarle al actor la suma de tres mil ochocientos cincuenta y ocho euros (3.858 €), más los intereses por mora previstos en el artículo 29.3 del ET respecto de dicha cantidad; y, estimando la excepción de prescripción alegada por el Fogasa, se declara limitada su eventual responsabilidad subsidiaria, en el caso de cumplirse los requisitos del artículo 33 del ET, a las sumas reclamadas en concepto de salario de 30 de septiembre de 2009, dos días de salario del mes de octubre de 2009 y parte proporcional de las vacaciones del año 2009.

Notifíquese a las partes y al Fogasa la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Hervas Arjona Servicios, S.L., en paradero desconocido, inserto el presente en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 30 de abril de 2013

La secretaria judicial