De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que se relaciona en el anexo la resolución sancionadora dictada por el director de Augas de Galicia, en materia de dominio público hidráulico, devuelta por el servicio de Correos.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada ante la Consellería de Medio Ambiente Territorio e Infraestruturas, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, transcurrido el cual la resolución devendrá firme.
El importe de la multa deberá ser satisfecho a través de su ingreso en la cuenta restringida de Augas de Galicia, recaudación de multas y sanciones, empleando el modelo que se facilitará en las dependencias de esta entidad pública empresarial, plaza de Camilo Díaz Baliño, 7-9, 15781 Santiago de Compostela.
Una vez firme la resolución sancionadora sin constancia de su pago, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Asimismo, se le hace saber que ésta se encuentra a su disposición en las oficinas de Augas de Galicia, sita en la dirección arriba indicada.
Santiago de Compostela, 24 de abril de 2013
Francisco Menéndez Iglesias
Director de Augas de Galicia
ANEXO
Expediente |
Interesado |
Dirección |
Fecha de la resolución |
Sentido de la resolución |
Precepto infringido |
Calificación |
Sanción |
Reposición |
DH.D15.30348 |
Mardecedeira, S.L. |
A Casanova, 1, Piñeiro, 15350 Cedeira |
29.1.2013 |
85.h) LAG |
Leve |
3.000,00 |
Sí |