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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Miércoles, 15 de mayo de 2013 Pág. 16612

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2013, del Servicio Provincial de Pontevedra, por la que se desafectan los terrenos sobrantes del proyecto de construcción del enlace en Curro de las autovías a Sanxenxo y Vilagarcía de Arousa, de la autopista AP-9 y la carretera PO-531 (clave PO/02/199.01.2), términos municipales de Meis y Barro.

El 28 de agosto de 2008 el director general de Obras Públicas, por delegación de la consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes, aprobó el proyecto de construcción del enlace en Curro de las autovías a Sanxenxo y Vilagarcía de Arousa, de la autopista AP-9 y la carretera PO-531, clave PO/02/199.01.2, términos municipales de Meis y Barro.

El 4 de septiembre de 2008 la Xunta de Galicia procedió a la declaración de la utilidad pública y la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios (Decreto 202/2008, publicado en el DOG nº 179, de 16 de septiembre).

Después de la finalización de la citada obra, parte de los terrenos expropiados inicialmente ya no son necesarios para el fin para el que fueran expropiadas y procede que sean desafectadas del proyecto.

Debido a la elección de la alternativa para la solución del tipo de enlace, parte de los ramales previstos inicialmente fueron modificados, lo que ocasionó que una parte de los terrenos expropiados no fuesen ocupados durante la ejecución de las obras.

Por otra parte, el 17 de diciembre de 2012 el Ayuntamiento de Meis presentó escrito ante el Servicio Provincial de Pontevedra informando que parte del suelo afectado por el proyecto está calificado como suelo urbanizable industrial (S.U.I.-2) según el Plan general de ordenación municipal de Meis. El ayuntamiento solicita la desafectación de los terrenos para poder desarrollar el futuro polígono industrial de Meis.

Visto lo expuesto con anterioridad, es de gran interés para los titulares la desafectación de los terrenos sobrantes.

En el anexo se recogen los titulares, superficies y clasificaciones de los terrenos desafectados.

Acorde con el artículo 54.1 de la Ley de expropiación forsosa, «en caso de no ejecutarse la obra o no establecerse el servicio que motivó la expropiación (…) o desapareciese la afectación, el primitivo dueño o sus causahabientes podrán recobrar la totalidad o la parte sobrante de lo expropiado, mediante el abono a quien fuera su titular de la indemnización que se determina en el artículo siguiente».

Según el artículo 55.1 «es presupuesto del ejecicio del derecho de reversión la restitución de la indemnización expropiatoria percibida por el expropiado, actualizada conforme a la evolución del índice de precios al consumo en el período comprendido entre la fecha de iniciación del expediente de justiprecio y la del ejercicio del derecho de reversión».

Condiciones de la desafectación:

1. Los terrenos sobrantes a desafectar serán los que queden fuera de la zona de dominio público, que será, como mínimo, una franja paralela de 5 metros de ancho medidos desde la arista exterior de la explanación. En todo caso, dicha línea será la que queda referida en los planos parcelarios.

2. En el anexo se recogen los titulares, superficies y clasificaciones de los terrenos desafectados, que junto con los planos parcelarios estarán a disposición de los afectados en el Servicio Provincial de Pontevedra. Además, estarán expuestos en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Meis y Barro durante el plazo de un mes.

3. A los titulares que lo soliciten se les realizará la reversión de los terrreos en su estado actual, con las normativas de uso, servidumbres y afección que le sean aplicables y sin posibilidad de posteriores reclamaciones.

4. En caso de que los propietarios no se acogiesen a su derecho de reversión, los terrenos desafectados pasarán a formar parte del patrimonio de Xunta de Galicia y podrán ser destinados a otros usos distintos para los que fueron expropiados.

5. El proceso de desafectación y reversión seguirá lo estipulado en la Ley de expropiación forzosa, de 16 de decembro de 1954, y en la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 98 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, las facultades de incoación y tramitaciones de los expedientes relacionados con los servicios de obras públicas corresponderán a los ingenieros jefes de los servicios respectivos.

Asumiendo las facultades atribuidas en el artículo 98 de la antes citada ley, este Servicio Provincial de Pontevedra declara desafectados los terrenos relacionados en el anexo del presente escrito.

Pontevedra, 10 de abril de 2013

Fausto Núñez Vilar
Jefe del Servicio Provincial de Pontevedra

ANEXO

Se relacionan a continuación las fincas y superficies a desafectar:

Ayuntamiento: Meis.


de finca

Titular

Superficie desafectación (m2)

Clasificación

1

Desconocido

20

Labradío (S.R.P.I.)

2

Gumersindo Buceta Otero

María Carmen Valera Padín

45

Viñedo (S.R.P.I.)

3

Alberto Méndez Sancho

29

Viñedo (S.R.P.I.)

6

Gerardo Vidal Outeda

29

Viñedo (S.R.P.I.)

7

Olvido Arcos Vázquez

21

Labradío (S.R.P.I.)

8

Marina Otero Nieto

24

Labradío (S.R.P.I.)

9

Mercedes Solla Casal

37

Labradío (S.R.P.I.)

10

Ramón Paz Cousido

224

Monte (S.R.P.I.)

12

Modesto Romero Romero

9

Monte (S.R.P.I.)

13

Dolores Arcos Torres

7

Monte (S.R.P.I.)

14

Hipólito Rodríguez Torres

4

Monte (S.R.P.I.)

15

Desconocido

11

Monte (S.R.P.I.)

16

Marina Otero Nieto

16

Monte (S.R.P.I.)

17

José Otero Rodiño

56

Monte (S.R.P.I.)

18

Mercedes Solla Casal

20

Monte (S.R.P.I.)

19

Desconocido

28

Monte (S.R.P.I.)

20

Manuel Antonio Silvestre Solla

34

Monte (S.R.P.I.)

21

Gumersindo Buceta Otero

María Carmen Valera Padín

27

Monte (S.R.P.I.)

22

Tomás Covas Ares

16

Monte (S.R.P.I.)

23

José Villanueva Cobas

14

Monte (S.R.P.I.)

24

José Abal Vidal

42

Monte (S.R.P.I.)

55

José Rivas Casal

164

Labradío (S.R.P.I.)

56

María Lucinda Lede Barreiro

231

Labradío (S.R.P.I.)

56-1

José Abal Vidal

16

Labradío (S.R.P.I.)

56-2

Pilar Sayar Fontán

262

Labradío (S.R.P.I.)

57

José Benito Triñanes Mallo

Aurea Triñanes Mallo
Elisardo Triñanes Mallo

Carlos Triñanes Mallo

Mercedes Triñanes Mallo

Vicente Triñanes Mallo

Ainoa Triñanes Villaverde

340

Labradío (S.R.P.I.)

59

Eloy Abal Sartal

Mercedes Bernárdez Argibay

43

Labradío (S.R.P.I.)

19

F. casa (A.E.N.R.)

59-1

Gerónimo Gómez Sancho

51

Viñedo (S.R.P.I.)

18

Viñedo (A.E.N.R.)

59-2

Tomás Gómez Sartal

54

Viñedo (S.R.P.I.)

11

Viñedo (A.E.N.R.)

59-3

Eloy Abal Sartal

Mercedes Bernárdez Argibay

188

Terreno (S.R.P.I.)

3

Terreno (A.E.N.R.)

60

Manuel Rodríguez Mougán

204

Labradío (S.R.P.I.)

61

Manuel Mallo Ucha

177

Huerta (S.R.P.I.)

254

Huerta (A.E.N.R.)

62

María Dolores Vega Moldes

132

Viñedo (A.E.N.R.)

26

Viñedo (S.R.P.I.)

63

Servando Torres Carballo

Carmen Vázquez Melón

250

Huerta (A.E.N.R.)

135

Huerta (S.N.R.T.)

64

María Dolores Vega Moldes

599

Labradío (A.E.N.R.)

27

Labradío (S.R.P.I.)

64-1

María Dolores Vega Moldes

129

Viñedo (A.E.N.R.)

64-2

Ramona Ruibal Ucha

83

Labradío (A.E.N.R.)

76-1

María Dolores Arosa Outeda

Edelmiro Guzmán Güimil

75

F. casa (S.N.R.T.)

77

Teresa Ruibal Ucha

85

F. casa (A.E.N.R.)

153

Tomás Gómez Sartal

115

Labradío (S.R.P.A.)

154

Amalia Mouriño Maquieira

231

Labradío (S.R.P.A.)

155

María de las Mercedes Sabarís Vázquez Raquel Sabarís Vázquez

200

Labradío (S.R.P.A.)

8

Labradío (S.R.P.F.)

156

Miguel Sancho Arcos

125

Labradío (S.R.P.A.)

157

Amalia Mouriño Maquieira

29

Monte (S.R.P.F.)

158

Carmen Crisóstomo Abal

72

Monte (S.R.P.F.)

158-1

Desconocido

132

Monte (S.R.P.F.)

159

Ricardo Moldes Mallo

158

Monte (S.R.P.F.)

160

Marina Otero Nieto

120

Monte (S.R.P.F.)

161

María Pura Muíños Beloso

215

Monte (S.R.P.F.)

162

Eloy Abal Sartal

574

Monte (S.R.P.F.)

163

Tomás Gómez Sartal

157

Labradío (S.R.P.I.)

182

M.V.M.C. San Lorenzo de Nogueira

7.811

Monte (S.U.I.-2)

182-2

Construcciónes Obras y Viales, S.A.

1.159

Monte (S.U.I.-2)

185

M.V.M.C. San Lorenzo de Nogueira

6.116

Monte (S.U.I.-2)

186

M.V.M.C. San Lorenzo de Nogueira

1.730

Monte (S.U.I.-2)

187

M.V.M.C. San Lorenzo de Nogueira

9.531

Monte (S.U.I.-2)

188

Guillermo Agraso Rivas

222

Monte (S.U.I.-2)

189

Mercedes Eirín Rivas
Daniel Eirín Rivas

Aurea Rivas Cousido

4

Monte (S.U.I.-2)

197

Ana María Pintos Dival

127

Monte (S.U.I.-2)

198

Carmen Mouriño Porto

5

Monte (S.U.I.-2)

199

Mercedes Eirín Rivas
Daniel Eirín Rivas

Aurea Rivas Cousido

8

Monte (S.U.I.-2)

202

Jaime Fernández García

233

Monte (S.U.I.-2)

203

Antonio Vázquez Ares

3

Monte (S.U.I.-2)

204

Mª Victoria Ana Mª Buceta Güimil

Peregrino Pazos Canay

69

Monte (S.U.I.-2)

205

Elisa García Calvo

159

Monte (S.U.I.-2)

207

Marina Otero Nieto

95

Monte (S.U.I.-2)

208

Marina Otero Nieto

251

Monte (S.U.I.-2)

209

Excavaciones Mosteiro, S.L.

733

Monte (S.U.I.-2)

214

Jaime Fernández García

253

Monte (S.R.P.F)

215

Jaime Calvo Landín
Socorro Calvo Landín

175

Monte (S.R.P.F.)

216

Aurea Cobas Ares

140

Monte (S.R.P.F.)

217-1

M.V.M.C. San Lorenzo de Nogueira

4.291

Monte (S.U.I.-2)

219

M.V.M.C. San Lorenzo de Nogueira

250

Monte (S.R.P.F.)

220

M.V.M.C. San Lorenzo de Nogueira

417

Monte (S.R.P.F.)

Ayuntamiento: Barro.


de finca

Titular

Superficie desafectación (m2)

Clasificación

530

Adelina Lucio Nieto

14

Labradío (S.R.P.F.)

531

Manuel Mouriño Mallo

78

Labradío (S.R.P.F.)

532

Adelina Lucio Nieto

51

Labradío (S.R.P.F.)

533

Adelina Lucio Nieto

70

Labradío (S.R.P.F.)

534

María Dolores Arosa Outeda

588

Labradío (S.R.P.F.)

535

Manuel Abal Arosa

492

Labradío (S.R.P.F.)

536

Saladina Mallo Somoza

181

Viñedo (S.R.P.F.)

537

Jerónimo Gómez Sancho

395

Viñedo (S.R.P.F.)

538

Manuel Rodríguez Mougán

Martín Rodríguez Mougán

191

Labradío (S.R.P.F.)

539

José Manuel González Ucha

442

Labradío (S.R.P.F.)