Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 90 Lunes, 13 de mayo de 2013 Pág. 15719

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (879/2012).

María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 879/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Carlos Calviño Puente contra la empresa Construcciones José Carro, S.A., y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado el siguiente auto de aclaración de sentencia:

Que debo rectificar la sentencia dictada en las presentes actuaciones el pasado día 5 de marzo de 2013, en el sentido fijado en el fundamento de derecho segundo de la presente resolución, quedando redactado su fallo en la forma que se especificará, manteniéndose íntegramente el restante contenido:

«…Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda que, en materia de cantidad, ha sido interpuesta por Carlos Calviño Puente, contra la empresa Construcciones José Carro, S.A., y su administración concursal y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Construcciones José Carro, S.A., a que abone al demandante la cantidad de 10.329,11 euros brutos, por salarios devengados en los meses de enero a junio de 2012, paga extra de diciembre de 2011 y julio de 2012, así como el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales…».

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.

Así, por este auto, lo mando y firmo, la magistrada jueza Pilar Carreira Vidal. Doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a la empresa Construcciones José Carro, S.A., en ignorado paradero, extiendo y firmo el presente.

A Coruña, 22 de abril de 2013

La secretaria judicial