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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Viernes, 10 de mayo de 2013 Pág. 15493

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 1300/2010 CG).

M. Asunción Barrio Calle, secretaria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en las actuaciones de recurso de suplicación número 1300/2010 CG, a las que se refiere el encabezamiento, seguidas ante la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos número 305/2007, del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, promovidos por Acciona Infraestructuras, S.A. contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Victoria Nascimento Silva Fortes, Georgina Silva Fortes, Jorge Luis Silva Fortes, Marizilena Silva Fortes, sobre recargo de accidente, con fecha 12 de abril de 2013 se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Fallamos: desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la entidad mercantil Acciona Infraestructuras Sociedad Anónima contra la Sentencia de 2 de septiembre de 2009 del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, dictada en juicio seguido a instancia de la recurrente contra Victoria Nascimiento Silva Fortes, Jorge Luis Silva Fortes, Marizilena Silva Fortes, Georgina Silva Fortes, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, la Sala la confirma íntegramente y, en legal consecuencia, condenamos a la recurrente a la pérdida de depósitos, consignaciones y aseguramientos, y a las costas de la suplicación, fijando en la cantidad de 300 euros los honorarios del letrado impugnante.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar la cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, número 1552 0000 80 (número de recurso) (dos últimas cifras del año) y el depósito de 600 euros en la c/c de esta sala número 1552 0000 37 (número de recurso) (dos últimas cifras del año).

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de procedimiento laboral.

Y para que así conste a efectos de su publicación en el DOG a fin de que sirva de notificación en forma a Georgina Silva Fortes, Marizilena Silva Fortes, con último domicilio conocido en la calle Ángel Senra, 10, A Coruña, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 12 de abril de 2013

La secretaria judicial