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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Lunes, 6 de mayo de 2013 Pág. 14561

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Teo

ANUNCIO de suspensión de licencias de parcelación, edificación y demolición.

De conformidad con el artículo 77 de la Ley de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (LOUGA) y demás normativa aplicable, el Pleno de la Corporación, en la sesión ordinaria de 25 de abril de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero. Suspender, de conformidad con la motivación y fundamentación previstas en la memoria del concejal de Urbanismo, de 12 de abril de 2013, y en los informes técnico y jurídico incorporados al expediente, el otorgamineto de licencias de edificación y demolición en suelo rústico del término municipal previsto en el Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Teo, para los usos que se detallan a continuación, así como las licencias de las actividades relacionadas con los usos en cuestión, por el plazo máximo de un año a contar desde la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Usos a los que afecta la suspensión:

– Talleres, garajes, parques de maquinaria agrícola.

– Establecimientos en los que se alojen, mantengan o críen animales.

– Talleres, garajes, parques de maquinaria forestal.

– Pirotecnias.

– Instalaciones de playa, socioculturales, recreativas y de baño, que se desarrollen al aire libre.

– Instalación de generación o infraestructuras de producción de energía.

Segundo. Suspender, de conformidad con la motivación y fundamentación previstas en la memoria del concejal de Urbanismo, de 12 de abril de 2013, y en los informes técnico y jurídico incorporados al expediente, el otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición en las parcelas que se detallan a continuación, afectadas por las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), 00219/2012 y 00721/2012, por el plazo máximo de un año a contar desde la publicación del anuncio en el DOG.

Parcelas afectadas por la suspensión:

Ámbito de la sentencia 00219/2012.

– Parcelas numeradas del nº 1-16 (ambas incluidas) del polígono de Catastro de rústica de Teo nº 74.

– Parcelas numeradas del nº 171-173 (ambas incluidas) del polígono de Catastro de rústica de Teo nº 74.

– Parcelas numeradas del nº 182-192 (ambas incluidas) del polígono de Catastro de rústica de Teo nº 74.

– Parcela nº 346 del polígono de Catastro de rústica de Teo nº 74.

Ámbito de la sentencia 00721/2012.

Parcela con referencia catastral 15083A501004500000KQ.

Tercero. Publicar el presente acuerdo de suspensión en el Diario Oficial de Galicia y en uno de los periódicos de mayor difusión de la provincia, a tenor de lo previsto en el artículo 77.1 de la LOUGA, en el tablón de edictos del ayuntamiento, en el BOP y en la web municipal, para mayor difusión, a tenor de los artículos 69.1 y 70 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

Cuarto. Notifíquese, en su caso, el presente a los peticionarios de licencias solicitadas con anterioridad a la publicación de la suspensión, poniéndoles de manifesto el derecho que les asiste a ser indemnizados de conformidad con el artículo 35 del Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del suelo, artículo 121 del Real decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de planeamiento urbanístico, y demás normativa aplicable.

Quinto. Notificar el presente a los interesados afectados por las sentencias del TSJG 00219/2012 y 00721/2012, para su conocimiento y efectos oportunos».

Recursos. Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente en el DOG, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.

Lo que se publica para general conocimiento.

Teo, 26 de abril de 2013

Rafael C. Sisto Edreira
Alcalde accidental