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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Jueves, 2 de mayo de 2013 Pág. 13842

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Montederramo

ANUNCIO de aprobación inicial del Plan general de ordenación municipal de Montederramo.

Aprobado inicialmente el Plan general de ordenación municipal, por Acuerdo del Pleno de fecha 5 de abril de 2013, de conformidad con el artigo 85.2 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, se somete a información pública por plazo de dos meses a contar desde el día seguinte al de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Durante el anterior plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Quedan suspendidas las licencias para las siguientes áreas:

a) En todas las zonas afectadas por nuevos sistemas generales y locales de viario, infraestructuras, equipamientos o espacios libres en cualquier clase de suelo.

b) En suelo urbano consolidado y en los núcleos rurales se suspenderá solo en las zonas en las que no se puedan cumplir ambas ordenaciones o normativas simultáneamente (delimitación del suelo urbano vigente y delimitaciones de núcleos aprobadas, en tramitación o en futuras delimitaciones).

c) En suelo rústico, dado que las normas subsidiarias provinciales resultan obsoletas después de la entrada en vigor de la Ley 9/2002 y las numerosas modificaciones posteriores que invalidan en gran parte lo establecido por aquellas, por lo que, en definitiva, el régimen aplicable apenas variará antes o después del PGOM, solo se suspenderán las licencias en las zonas en que no se puedan cumplir simultáneamente ambas ordenaciones o normativas.

d) Cualquier otro ámbito en que la licencia pueda impedir o dificultar la ejecución del nuevo planeamiento.

Asimismo, los actos genéricos para los que se suspende el otorgamiento de licencias son los de parcelación de terrenos, edificaciones y demoliciones.

Respecto de las actividades, quedan suspendidas las nuevas autorizaciones o licencias en cualquiera tipo de suelo que no se ajusten simultáneamente a ambas ordenaciones o normativas (delimitación de suelo urbano vigente y delimitaciones de núcleos aprobadas, en tramitación o en futuras delimitaciones). Idéntico criterio es aplicable a las obras menores.

La duración de la suspensión es de dos años, a contar desde la aprobación, extinguiéndose, en todo caso, con la aprobación definitiva del planeamiento.

Montederramo, 8 de abril de 2013

Antonio Rodríguez Álvarez
Alcalde