Conforme a lo dispuesto en los artículos 57, 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, después de que se intentase la notificación personal en el último domicilio conocido, se le notifica a la persona interesada la resolución denegatoria de subvención de rehabilitación que se detalla en el anexo.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponerse cualquier otro recurso que se considere pertinente.
Ourense, 9 de abril de 2013
José Manuel González García
Jefe del Área Provincial de Ourense
ANEXO
Expediente: O09-RS-0456/11.
Responsable: Esperanza Pardo Rodríguez.
Dirección: calle Río Bubal, número 25, 3º D, 32001 Ourense.
Resolución que se notifica: denegatoria de la solicitud de subvención de rehabilitación protegida de viviendas, presentada al amparo de la Orden de 12 de abril de 2012.