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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Miércoles, 24 de abril de 2013 Pág. 12788

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1404/2012).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña (refuerzo), hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 1404/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Iria Sánchez Bouza contra la empresa Kerca, S.L. y Fogasa, sobre despido, se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 22 de marzo de 2013

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre despido 1404/2012, siendo demandante Iria Sánchez Bouza, asistida por el letrado Sr. Pena Díaz, y demandada la empresa Kerca 24, S.L., habiendo sido citado, de la misma manera, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).

Dispongo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Iria Sánchez Bouza contra la empresa Kerca 24, S.L. y, en consecuencia, declaro improcedente la extinción del contrato de trabajo de la actora y condeno a la empresa demandada a la extinción de la relación laboral, con abono a Iria Sánchez Bouza de la cantidad de 3.539 euros, en concepto de indemnización.

No procede la condena del Fondo de Garantía Salarial en esta instancia, sin perjuicio de la responsabilidad que se le pueda imputar con posterioridad.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a la entidad Kerca, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y fijación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 2 de abril de 2013

La secretaria judicial