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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Lunes, 22 de abril de 2013 Pág. 12428

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 1 de abril de 2013 por la que se notifica la resolución de adopción de medidas de reposición de la legalidad urbanística en el expediente número IU3/13/2011.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el 4 de marzo de 2013, dictó resolución por la que se ordena la reposición de los terrenos al estado original existente antes de que procediesen a realizar, sin autorización urbanística autonómica, la apertura de un nuevo camino en el lugar de Mallou de Xiá, en el término municipal de Guitiriz, así como el cese definitivo de los usos a los que diesen lugar.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a Camilo Bello Río, que fue devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinario ausente en el reparto, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmoble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 1 de abril de 2013

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística