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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Miércoles, 17 de abril de 2013 Pág. 11685

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 1 de abril de 2013 sobre la aprobación definitiva de la modificación puntual número 2 del Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Sanxenxo.

El Ayuntamiento de Sanxenxo aporta la modificación puntual nº 2 del Plan general de ordenación municipal, en solicitud de su aprobación definitiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 85.7 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

I. Antecedentes.

I.1. El Ayuntamiento del Sanxenxo dispone, en la actualidad vigente, de un PGOM aprobado definitivamente en fecha 27 de febrero de 2003.

I.2. La presente modificación puntual fue aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de marzo de 2012. Fue sometida a información pública por dos meses con anuncios en los periódicos Faro de Vigo y La Voz de Galicia de 17.4.2012; y en el Diario Oficial de Galicia de 4.5.2012.

I.3. Constan en el expediente la audiencia a los ayuntamientos limítrofes y los preceptivos informes municipales técnico, jurídico y de intervención de fechas 14, 15 y 16 de marzo de 2012.

1.4. La Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la CMATI remitió decisión de 25 de enero de 2012 sobre la no necesidad de sometimiento a evaluación ambiental estratégica.

I.5. La modificación no precisó informe previo a la aprobación inicial por encontrarse en el supuesto del artículo 93.4 de la Ley de ordenación universitaria y protección del medio rural de Galicia, al implicar la reclasificación de suelo, ni incremento de la intensidad de uso ni alteración de los sistemas generales previstos en el PGOM.

I.6. Constan en el expediente informes sectoriales:

– Augas de Galicia de 16 de abril de 2012.

– Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de 24.5.2012 y 14.12.2012.

– Subdirección General de Ordenación del Territorio de 25.5.2012 y 26.11.2012.

– Agencia Gallega de Infraestructuras de 2.7.2012.

– Dirección General del Patrimonio Cultural de 24.7.2012.

– Diputación Provincial de 24.9.2012.

I.7. La modificación fue aprobada provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno de 29.10.2012.

II. Análisis y consideraciones.

Una vez analizada la documentación remitida por el Ayuntamiento del Sanxenxo, y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

1. La modificación puntual tiene por objeto introducir nuevas determinaciones ajustadas a la Ley de suelo estatal Real decreto legislativo 2/2008 y al Decreto 29/2010, por el que se aprueban las normas de habitabilidad de las viviendas de Galicia, eliminando inconcreciones y carencias, y corregir contradicciones y determinaciones inapropiadas observadas en las ordenanzas generales de uso y en las ordenanzas específicas de edificación nº 3, 4, 5, 7 y 12 de la normativa del Plan general de ordenación municipal.

2. Respecto del interés público de la modificación puntual, en atención a lo previsto en el artículo 94.1 de la LOUG, se encuentra justificación toda vez que corrige errores concretos y aclara determinaciones confusas o contradictorias de sus normas urbanísticas, que dificultan la aplicación del PGOM, produciéndose la mejora de la ordenación urbanística vigente al establecer condiciones de integración y coordinación en el contenido de las ordenanzas en las que se inserta cada zona, en orden a garantizar la coherencia tipológica y volumétrica, en los términos exigidos por los artículos 46.1 y 48.3 de la LOUG.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general corresponde al conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 89 y 93.4 de la LOUG, y en el artículo 1 del Decreto 44/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

III. Resolución.

En consecuencia, y visto lo que antecede,

RESUELVO:

1. Otorgar la aprobación definitiva a la modificación puntual nº 2 del Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Sanxenxo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 85.7.a de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

2. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 92 de la Ley 9/2002 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el Ayuntamiento deberá publicar en el Boletín Oficial de la provincia la normativa y ordenanzas del PGOM aprobado definitivamente.

3. Notifíquese esta orden al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

4. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 1 de abril de 2013

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras