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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 72 Lunes, 15 de abril de 2013 Pág. 11315

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Augas de Galicia

RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2013, del director de Augas de Galicia, por la que se somete a información pública el anteproyecto del emisario submarino de la EDAR de Lagares (Vigo), la solicitud de autorización de vertido y la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados necesarios para su ejecución.

La Xunta de Galicia tiene transferidas las competencias de funciones y servicios del Estado en materia de abastecimientos de agua, saneamiento y encauzamiento y defensa de márgenes de ríos por Real decreto 1870/1985, de 11 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de abastecimiento de agua, saneamiento, encauzamiento y defensa de márgenes.

La ejecución de las obras de la actuación «Saneamiento de Vigo» está encomendada a la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas del Norte, S.A. (en adelante, AcuaNorte), al figurar recogida en su convenio de gestión directa.

El 9 de marzo de 2007, la Xunta de Galicia, el entonces organismo autónomo Augas de Galicia y AcuaNorte suscribieron un protocolo general de colaboración para el desarrollo de la actuación «Saneamiento de Vigo», cuyo objeto era la redacción del estudio de alternativas y anteproyecto del sistema de depuración de Vigo. El 19 de julio de 2007, dichas partes ratificaron los compromisos adquiridos, mediante la suscripción de un convenio para el desarrollo de la actuación «Saneamiento de Vigo». Posteriormente, el 2 de agosto de 2010, fue suscrito entre la Xunta de Galicia, el Ayuntamiento de Vigo, AcuaNorte y Augas de Galicia el convenio para la construcción de las obras correspondientes a la actuación hidráulica «Saneamiento de Vigo».

La actuación «Saneamiento de Vigo» está declarada de interés general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, toda vez que las obras de referencia están recogidas en el Plan Hidrológico Galicia-Costa, aprobado por el Real decreto 1332/2012, de 14 de septiembre.

El artículo 29 de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, dispone que la aprobación definitiva del proyecto, anteproyecto o documento similar de obras hidráulicas declaradas de interés de la comunidad autónoma llevará implícita la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de derechos, a fines de expropiación forzosa y ocupación temporal, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación correspondiente. Esta declaración se referirá también a los bienes y derechos que puedan incluirse en el replanteo del documento técnico correspondiente y a las modificaciones de obras y obras complementarias que, en su caso, puedan aprobarse posteriormente.

Así, debe reseñarse que los procedimientos expropiatorios correspondientes a las obras incluidas en el anteproyecto citado se tramitarán mediante el procedimiento de urgencia previsto en los artículos 52 y siguientes de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa y concordantes de su reglamento de desarrollo.

La solución propuesta para el cumplimiento de los objetivos de calidad del agua en la ría de Vigo, asociados al saneamiento de Vigo, integra las infraestructuras siguientes:

– Estación depuradora de aguas residuales.

– Emisario submarino de la EDAR de Lagares.

– Ampliación de la acometida eléctrica existente.

Para la ejecución de la obra del emisario submarino, ha redactado un anteproyecto AcuaNorte. Las actuaciones comprendidas en este anteproyecto completan la nueva EDAR de Lagares (Vigo), cuyas obras se encuentran en ejecución. Básicamente, consisten en una estación de bombeo y un emisario submarino. La estación de bombeo está integrada por una arqueta de entrada, donde el efluente puede derivarse al bombeo o pasar directamente a la cámara de carga del emisario.

El Ayuntamiento de Vigo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 del reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas, aprobado por el Real decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, solicitó la autorización para el vertido a la ría de Vigo en el punto de coordenadas UTM: X=516.755, Y=4.675.244; de un caudal máximo de 252.288.000 m3/año de aguas residuales urbanas depuradas procedentes de la nueva EDAR de Lagares (expediente DH.V36.18453), diseñada para 800.000 habitantes equivalentes y constituida por las siguientes etapas: desbaste, desarenado-desengrasado, tratamiento primario, filtración biológica con eliminación de nitrógeno, tratamiento fisicoquímico de eliminación de fósforo y desinfección por aplicación de radiación UV; y tratamiento de lodos mediante digestión anaerobia y secado térmico.

Una vez que el efluente que procede de la EDAR llega a la arqueta de entrada, pueden darse dos situaciones:

– Si las condiciones de explotación son tales que el nivel de la cámara de carga es superior al de la arqueta de entrada, la compuerta que las separa permanecerá cerrada y el efluente se derivará a los pozos de bombeo situados en los laterales de la cámara de carga.

– Si las condiciones son tales que el nivel de la cámara de carga es inferior al de la arqueta de entrada, la compuerta permanecerá abierta y el efluente entrará directamente a la cámara de carga, ya que la altura de la marea permitirá el funcionamiento por gravedad para el caudal que entra en ese instante.

En consecuencia, si el efluente es derivado a los pozos de bombeo será porque, debido a la combinación de condiciones caudal-cota de marea, es necesario que el efluente sea impulsado hasta una cota superior a la de la cámara de carga. En definitiva, la cota de agua de la cámara de carga será siempre la necesaria para desaguar el caudal que instantáneamente esté saliendo da EDAR.

Desde la cámara de carga (cota de rasante -8,40 m) parte el emisario submarino, que funciona en todo momento en carga. El primer tramo de la conducción de 758,52 m de longitud (que parte del interior de la parcela reservada en el proyecto de ampliación y modernización de la EDAR de Lagares y llega hasta el aparcamiento de Samil) llevará una pendiente ascendente con fin de poder extraer en este punto el aire de la conducción, en el caso de que entrase en ella. Se ejecutará mediante hinca y será de tubos de hormigón armado de 1.800 mm de diámetro interior con grosor de 300 mm.

Desde este punto, en el que la rasante alcanza la cota -5,38 m, comienza la hinca submarina, con una longitud de 621,48 m y pendiente descendiente (1,3 %), finalizando en una profundidad donde la acción de las olas es más reducida, por lo que las necesidades de protección del emisario disminuyen notablemente y se evita la afección a la dinámica de sedimentos de la playa de Samil.

A continuación del tramo en hinca, el emisario continúa con una nueva alineación más hacía el oeste, mediante tubos de PE de 2.000 mm de diámetro exterior, con una longitud total de 2.415 m. Finaliza este tramo un difusor de 330 m, formado por 31 cabezas difusoras, con dos bocas de salida de efluente cada una. El eje de la boca de salida del primer elevador se sitúa a una cota de -30,17 m.

Debido a las particulares condiciones existentes en la zona donde se instala el emisario submarino, no está prevista la protección de la conducción con escollera, sino el lastrado de esta mediante un sistema de lastres primarios y secundarios que aseguran su estabilidad.

El emisario, como parte integrante de las instalaciones de la nueva EDAR, ha sido dimensionado para desaguar un caudal máximo de 8,0 m3/s en condiciones de pleamar máxima.

Los documentos integrantes del anteproyecto han sido examinados por la oficina técnica de Augas de Galicia, según lo previsto nos artículos 124.3 y 125 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público, aprobado por el Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, así como para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 123 del citado texto sobre el contenido de los proyectos y en el Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, emitiéndose el preceptivo informe de supervisión el 29 de enero de 2013.

Considerando lo expuesto anteriormente,

RESUELVO:

– Someter el anteproyecto de la obra del «Emisario submarino de la EDAR de Lagares (Vigo)» al trámite de información pública a los efectos de lo previsto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, para que cualquier persona física o jurídica formule las alegaciones que estime convenientes.

– Someter la relación de los titulares de terrenos, bienes y derechos afectados por las obras contempladas en el anteproyecto indicado y que se adjunta como anexo a esta resolución al trámite de información pública previsto en el artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa y en los artículos 17 y 18 de su reglamento de desarrollo, a fin de que los que se consideren perjudicados por las obras que se prevén puedan formular las alegaciones que estimen oportunas.

– Someter la solicitud de autorización para el vertido a la ría Vigo de un caudal máximo de 252.288.000 m3/año de aguas residuales urbanas depuradas procedentes del saneamiento de Vigo (expediente DH.V36.18453) al trámite de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 del reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas, citado.

A tal efecto, tanto el anteproyecto, la solicitud de autorización de vertido y la relación individualizada de los bienes y derechos afectados estarán a disposición del público en las oficinas de la Zona Territorial Galicia Sur (c/ San Salvador, 2-4º, 36201 Vigo), en las oficinas de la sede central de Augas de Galicia (plaza de Camilo Díaz Baliño, 7-9, 15781 Santiago de Compostela) y en el edificio de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Vigo (plaza del Rey, s/n) por un plazo común de treinta (30) días hábiles contados desde el siguiente al de la última publicación del anuncio correspondiente a esta resolución.

Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vigo y en dos periódicos de los de mayor circulación de la provincia de Pontevedra.

Santiago de Compostela, 22 de marzo de 2013

Francisco Menéndez Iglesias
Director de Augas de Galicia