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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 70 Jueves, 11 de abril de 2013 Pág. 10963

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña

EDICTO (667/2009-L).

Carlota Fernández Ambros, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña, por medio del presente edicto, anuncio:

En el presente procedimiento de juicio ordinario 667/2009-L seguido a instancia de Florentino Rodríguez Gromar y María Esther López Corral frente a Mundo Mágico Tours, S.A. y BBVA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia: 227/2011.

Procedimiento: juicio ordinario 667/2009.

Sentencia.

A Coruña, 30 de noviembre de 2011.

Vistos por Mª Estefanía Cambón Rodríguez, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña, los autos de juicio ordinario número 667/2009, seguidos en virtud de demanda presentada por el procurador de los tribunales Sr. Amenedo Martínez en nombre y representación de María Esther López Corral y Florentino Rodríguez Gromar, asistidos por el letrado David Morera Vera, contra la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., representada por la procuradora de los tribunales Sra. Pando Caracena y asistida por el letrado Pedro Sánchez Rodilla, y contra la entidad mercantil Mundo Mágico Tours, S.A., en situación procesal de rebeldía, vistos los siguientes,

Fallo:

Debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por el procurador de los tribunales Sr. Amenedo Martínez, en nombre y representación de Esther López Corral y Florentino Rodríguez Gromar, contra la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., representada por la procuradora de los tribunales Sra. Pando Caracena, y contra la entidad mercantil Mundo Mágico Tours, S.A., en situación procesal de rebeldía, y debo declarar la nulidad del contrato de afiliación al programa de servicios turísticos suscrito por los demandantes con la mercantil Mundo Mágico Tours, S.A., con fecha 22 de marzo de  2002, y la nulidad del contrato de préstamo personal nº 0182.1648.062.0000184, suscrito por aquéllos con la entidad BBVA, con fecha 27 de marzo de 2002, condenando a Mundo Mágico Tours, S.A. y a BBVA, solidariamente, al abono a los demandantes de la cantidad de 8.534,52 euros.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante este tribunal dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente al de su notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458.1 y 2 LEC, en redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 octubre, de medidas de agilización procesal). Asimismo, deberá acreditar haber consignado el depósito de 50 euros en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del Juzgado, conforme establece la disposición adicional decimoquinta de la LO 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la LO 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial.

Así lo acuerda, manda y firma, Mª Estefanía Cambón Rodríguez, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña.

Y encontrándose la entidad demandada Mundo Mágico Tours, S.A. en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

A Coruña, 30 de enero de 2012

La secretaria judicial