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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 65 Jueves, 4 de abril de 2013 Pág. 9947

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (694/2012).

Mª Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido 694/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Graciela Benítez Devacca contra la empresa Restaurante Cafetería Rías Baixas, S.C., Alberto Lorenzo Núñez y el Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que debo estimar y estimo la demanda y debo declarar y declaro improcedente el despido del que la actora ha sido objeto, y condeno a la empresa demandada a que readmita a la trabajadora en las mismas condiciones y con el abono de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha efectiva de despido (3 de julio de 2012) hasta la notificación de esta sentencia a razón de 66,67 euros diarios, o al abono de una indemnización por despido improcedente de 3.200,16 euros. Condeno, asimismo, a Alberto Lorenzo Núñez y al Fogasa a estar y pasar por tal declaración, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del Fogasa en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Restaurante Cafetería Rías Baixas y a su administrador Alberto Lorenzo Núñez, en paradero desconocido, inserto el presente en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 14 de marzo de 2013

La secretaria judicial