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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 61 Miércoles, 27 de marzo de 2013 Pág. 9099

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2012, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de aprobación definitiva del expediente de delimitación de suelo de núcleo rural de A Fraga (Santaia de Moar) del ayuntamiento de Frades (A Coruña).

El Ayuntamiento de Frades solicita la aprobación definitiva del expediente referido, al amparo de lo establecido en la disposición adicional 2ª.2 de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

I. Antecedentes.

1. El Ayuntamiento de Frades carece actualmente de planeamiento general de ámbito municipal, por lo que resultan de aplicación las normas complementarias y subsidiarias de planeamiento de la provincia de A Coruña aprobadas definitivamente por orden de la Consellería de Ordenación del Territorio y Obras Públicas de 3 de abril de 1991.

2. Con fecha de 13 de diciembre de 2011, se recibió en el ayuntamiento solicitud para la delimitación del suelo de núcleo rural de A Fraga (Santaia de Moar).

3. La secretaría municipal emitió informe el 20 de diciembre de 2011.

4. La alcaldía decidió sobre la tramitación del expediente de delimitación del suelo de núcleo rural el día 20 de diciembre de 2011. Sometido a información pública por el plazo de un mes (DOG de 22 de febrero de 2012 y periódicos La Voz de Galicia de 28 de diciembre 2011 y El Correo Gallego de 8 de febrero de 2012), no fueron presentadas alegaciones, conforme al certificado incluido al efecto en el expediente.

5. El pleno del ayuntamiento aprobó provisionalmente la propuesta el 30 de marzo de 2012.

6. El ayuntamiento envió el expediente a la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo mediante escrito de 2 de abril de 2012, con entrada en el registro general de la Xunta de Galicia el 9 de abril de 2012.

7. El servicio de urbanismo de A Coruña devolvió el expediente en su requerimiento de documentación de 9 de mayo de 2012.

8. La arquitecta municipal emitió informe con fecha de 6 de julio de 2012.

9. El ayuntamiento solicitó informe a la Diputación Provincial, en materia de carreteras, el día 23 de mayo de 2012; informe que no fue recibido en plazo, según certificación de la secretaria municipal de 11 de julio de 2012.

10. El Pleno del Ayuntamiento aprobó provisionalmente la propuesta corregida el 31 de agosto de 2012.

11. La documentación presentada consiste en expediente administrativo, un ejemplar del proyecto con diligencia de aprobación inicial y tres ejemplares del proyecto con diligencia de aprobación provisional.

12. La propuesta delimita un suelo de núcleo rural común.

II. Análisis y consideraciones.

Después de examinar la documentación remitida por el ayuntamiento, y vista la propuesta suscrita por la Subdirección General de Urbanismo, se pudo comprobar que el proyecto de delimitación del núcleo rural común de A Fraga cumple las disposiciones legales correspondientes a la disposición adicional 2ª.2 de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

De acuerdo con el punto 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG (modificada por la Ley 15/2004), y la Orden de 11 de mayo de 2009 sobre adscripción de órganos y delegación de competencias como consecuencia de la entrada en vigor del Decreto 83/2009, de 21 de abril, por lo que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de los expedientes de delimitación de suelo de núcleo rural le corresponde a la secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

III. Resolución.

1º Visto cuanto antecede, se aprueba definitivamente el proyecto de delimitación del suelo de núcleo rural de A Fraga (Santaia de Moar) del Ayuntamiento de Frades.

2º Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación, sin perjuicio del planteamiento, en su caso, del requerimiento previo en igual plazo (artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa).

3º Notifíquese esta resolución al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de diciembre de 2012

María Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

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