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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Jueves, 21 de marzo de 2013 Pág. 8595

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo

EDICTO (407/2012).

Inmaculada Marín Gómez, secretaria judicial sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo, certifico que en este juzgado se tramita pieza de medidas provisionales número 407/2012 en la que se ha dictado el siguiente:

Auto.

Vigo, 26 de febrero de 2013

Siguen hechos y razonamientos jurídicos.

Parte dispositiva:

Dispongo acordar las siguientes medidas provisionales coetáneas:

Primera. Se atribuye la guarda y custodia de la hija menor a la Sra. Arce Villa, siendo la patria potestad compartida entre ambos progenitores.

Segunda. El Sr. da Costa Coimbra satisfará en concepto de alimentos a favor de su hija la cantidad de 500 euros mensuales, que ingresará dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente que la madre designe al efecto y que será actualizada anualmente conforme la variación del índice de precios al consumo que indique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya.

Tercera. Ambos progenitores satisfarán por mitad los gastos extraordinarios que genere la menor, teniendo esta consideración, entre otros, los médicos no cubiertos por el sistema sanitario público, y no teniendo esa consideración los libros o material escolar, matrícula escolar, comedor, transporte ni uniformes.

No se hace especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que es firme.

Así, por este auto, lo acuerda, manda y firma María del Carmen Salvador Mateos, magistrada jueza titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo (Juzgado de Familia) y su partido.

Y para que conste y sirva de notificación a Avelar da Costa Coimbra, en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Vigo, 28 de febrero de 2013

La secretaria judicial sustituta