Juan Rey Pita, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 974/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alejandra Ces Casais contra la empresa Manuel Lamas Cerdeira, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
«Fallo que estimando la demanda formulada por Alejandra Ces Casais contra la empresa Manuel Lamas Cerdeira condeno a la misma a abonarle la cantidad de 463,58 euros, que le adeuda en concepto de salarios y demás conceptos.
Notifíquese a las partes y adviértase que contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno, al amparo de lo dispuesto en el artículo 191 de la LRJS.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe».
Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Manuel Lamas Cerdeira, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 19 de febrero de 2013
El secretario judicial