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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 39 Lunes, 25 de febrero de 2013 Pág. 5440

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Betanzos

EDICTO (235/2010).

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

«Vistos por Ramón Méndez Tojo, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Betanzos y su partido judicial, los presentes autos de divorcio de contencioso 235/2010, promovidos a instancia de José María García Abeledo, representado por el procurador Rafael Delgado Rodríguez y asistido por el letrado Felipe Romay Roldán, contra María del Rosario Rodríguez Fernández, citada por edictos, se ha dictado en nombre de S.M. el Rey la siguiente,

Fallo:

Que, estimando íntegramente la demanda de divorcio interpuesta por el procurador Rafael Delgado Rodríguez, en nombre y representación de José María García Abeledo, debo decretar y decreto la disolución por divorcio del matrimonio celebrado entre los cónyuges María del Rosario Rodríguez Fernández y José María García Abeledo, el día 19 de mayo de 2000, sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas y acordando la aprobación de las siguientes medidas:

a) Se atribuye el uso y disfrute de la vivienda familiar al demandante, hasta la efectiva liquidación de la sociedad de gananciales.

b) Se declara disuelta la sociedad de gananciales subsistente.

c) Se revocan los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado a favor del otro cónyuge, cesando la posibilidad de vincular bienes privativos del otro cónyuge al ejercicio de la potestad doméstica.

Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que se proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción de matrimonio y, poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la notificación, limitándose a citar la resolución apelada y a manifestar su voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna.

Así lo acuerda, manda y firma.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública, de que yo, el secretario, doy fe».

Y como consecuencia del ignorado paradero de María del Rosario Rodríguez Fernández, se extiende este edicto para que sirva de cédula de notificación.

Betanzos, 21 de junio de 2011

El secretario