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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 39 Lunes, 25 de febrero de 2013 Pág. 5398

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 14 de febrero de 2013 por la que se revoca la autorización para impartir determinadas titulaciones universitarias oficiales de máster y se suprimen enseñanzas universitarias en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela y Vigo.

En el ámbito autonómico la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales están reguladas en la Ley 11/1989, de 20 de julio, de ordenación del Sistema universitario de Galicia, en el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, por el que se regulan las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y en la Orden de 20 de marzo de 2012 por la que se desarrolla el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre.

En el artículo 12 del Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, se establece que el procedimiento para obtener la autorización de implantación de las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito territorial propio de la Comunidad Autónoma, se hará por orden de la consellería competente en materia de universidades. Previamente tendrá que ser informado por el Consejo Gallego de Universidades, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5. j) de la Ley 2/2003, de 22 de mayo, del Consejo Gallego de Universidades.

El artículo 17 del Decreto 222/2011 recoge que el departamento competente en materia de universidades podrá acordar la supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, o bien por iniciativa de la universidad, mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social. En todo caso, las universidades deberán garantizar los derechos académicos de los estudiantes que se encuentren cursando dichos estudios.

Por otra parte, el artículo 18 del citado Decreto 222/2011 recoge que si con posterioridad a la autorización de implantación de la enseñanza oficial se hubiese apreciado que la universidad incumple los requisitos y compromisos adquiridos al solicitar su autorización, el departamento competente en materia de universidades requerirá a la universidad afectada para que en el plazo de un mes proceda a la regularización de la situación. Transcurrido el citado plazo sin que la universidad efectuara tal regularización, previa audiencia de la misma e informe del Consejo Gallego de Universidades, se procederá a acordar la revocación de la autorización mediante orden del departamento competente en materia de universidades. La no impartición de la titulación más allá de dos cursos académicos consecutivos llevará consigo el inicio del procedimiento de revocación.

La Secretaría General de Universidades solicitó a las universidades del Sistema universitario de Galicia la conformidad de revocación de la autorización para su impartición de los máster universitarios afectados. Las universidades manifiestan su conformidad con la revocación de determinados títulos y solicitan la supresión en aquellos que fueron aprobados por el Consejo de Gobierno e informados favorablemente por el Consejo Social de sus universidades. En todos ellos se comprometieron a adoptar las medidas necesarias para garantizar los derechos académicos del estudiantado que se encuentre cursando dichos estudios.

Todas estas titulaciones objeto de revocación y de supresión, obtuvieron el informe favorable del Consejo Gallego de Universidades en las sesiones plenarias de 1 de octubre de 2012 y 25 de enero de 2013 respectivamente y el preceptivo informe de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia.

La supresión de una enseñanza determinará la revocación de la autorización de implantación de esta.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1

Revocar la autorización a la Universidad de A Coruña para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

– Máster universitario en Dirección y Planificación del Turismo (interuniversitario con la USC y UVIGO), autorizado por el Decreto 51/2006, de 23 de marzo (Diario Oficial de Galicia de 28 de marzo), código RUCT 4310388.

– Máster universitario en Investigación en Tecnologías de la Información (interuniversitario con la USC), autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre (Diario Oficial de Galicia de 15 de diciembre), código RUCT 4311776.

– Máster universitario en Lingüística Gallega (interuniversitario con la USC y UVIGO), autorizado por el Decreto 187/2010, de 11 de noviembre (Diario Oficial de Galicia de 17 de noviembre), código RUCT 4311778.

Artículo 2

Revocar la autorización a la Universidad de Santiago de Compostela para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

– Máster universitario en Dirección y Planificación del Turismo (interuniversitario con la UDC y UVIGO), autorizado por el Decreto 51/2006, de 23 de marzo (Diario Oficial de Galicia de 28 de marzo), código RUCT 4310388.

– Máster universitario en Edición (interuniversitario con la UVIGO), autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre (Diario Oficial de Galicia de 15 de diciembre), código RUCT 4311047.

– Máster universitario en Investigación en Tecnologías de la Información (interuniversitario con la UDC), autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre (Diario Oficial de Galicia de 15 de diciembre), código RUCT 4311776.

– Máster universitario en Lingüística Gallega (interuniversitario con la UDC y UVIGO), autorizado por el Decreto 187/2010, de 11 de noviembre (Diario Oficial de Galicia de 17 de noviembre), código RUCT 4311778.

– Máster universitario en Renovación Urbana y Rehabilitación, autorizado por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre (Diario Oficial de Galicia de 23 de septiembre), código RUCT 4311921.

Artículo 3

Revocar la autorización a la Universidad de Vigo para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

– Máster universitario en Dirección y Planificación del Turismo (interuniversitario con la USC y UDC), autorizado por el Decreto 51/2006, de 23 de marzo (Diario Oficial de Galicia de 28 de marzo), código RUCT 4310388.

– Máster universitario en Edición (interuniversitario con la USC), autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre (Diario Oficial de Galicia de 15 de diciembre), código RUCT 4311047.

– Máster universitario en Lingüística Gallega (interuniversitario con la UDC y USC), autorizado por el Decreto 187/2010, de 11 de noviembre (Diario Oficial de Galicia de 17 de noviembre), código RUCT 4311778.

Artículo 4

Suprimir en la Universidad de A Coruña las enseñanzas universitarias oficiales de:

– Máster universitario en Ciencia y Tecnología Ambiental, autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero (Diario Oficial de Galicia de 8 de febrero), código RUCT 4311059 y el máster universitario en Química Ambiental y Fundamental, autorizado por el Decreto 51/2006, de 23 de marzo (Diario Oficial de Galicia de 28 de marzo), código RUCT 4311080, sustituidos por el máster universitario en Ciencias, Tecnología y Gestión Ambiental cuya implantación fue autorizada por la Orden de 8 de noviembre de 2012 (Diario Oficial de Galicia de 19 de noviembre).

– Máster universitario en Ingeniería de Sistemas Informáticos, código RUCT 4310003, y el máster universitario en Computación, código RUCT 4311078, autorizados por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre (Diario Oficial de Galicia de 15 de diciembre), sustituidos por el máster universitario en Ingeniería Informática cuya implantación fue autorizada por la Orden de 1 de febrero de 2013 (Diario Oficial de Galicia de 12 de febrero).

– Máster universitario en Ingeniería del Agua, autorizado por el Decreto 51/2006, de 23 de marzo (Diario Oficial de Galicia de 28 de marzo), código RUCT 4311074, sustituido por el máster universitario en Ingeniería del Agua (interuniversitario) cuya implantación fue autorizada por la Orden de 1 de febrero de 2013 (Diario Oficial de Galicia de 12 de febrero).

– Máster universitario en Intervención Logopédica en la Infancia y en la Adolescencia, autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero (Diario Oficial de Galicia de 8 de febrero), código RUCT 4310006, sustituido por el máster universitario en Estudios Avanzados sobre el Lenguaje, la Comunicación y sus Patologías (interuniversitario) cuya implantación fue autorizada por la Orden de 1 de febrero de 2013 (Diario Oficial de Galicia de 12 de febrero).

Artículo 5

Suprimir en la Universidad de Vigo las enseñanzas universitarias oficiales de:

– Máster universitario en Aplicaciones de Procesado de Señal en Comunicaciones, autorizado por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo (Diario Oficial de Galicia de 28 de marzo), código RUCT 4310381.

– Máster universitario en Consultoría de Software Libre, autorizado por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo (Diario Oficial de Galicia de 28 de marzo), código RUCT 4310383.

– Máster universitario en Creación, Desarrollo y Comercialización de Contenidos Audiovisuales, autorizado por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre (Diario Oficial de Galicia de 23 de septiembre), código RUCT 4310603.

– Máster universitario en Economía, autorizado po el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre (Diario Oficial de Galicia de 15 de diciembre), código RUCT 4310604.

– Máster universitario en Economía, Evaluación y Gestión del Medio Marino y los Recursos Pesqueros, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre (Diario Oficial de Galicia de 15 de diciembre), código RUCT 4310389.

– Máster universitario en Ingeniería de la Soldadura, autorizado por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo (Diario Oficial de Galicia de 28 marzo), código RUCT 4310394.

– Máster universitario en Integración Económica Regional y Políticas Comunitarias, autorizado por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre (Diario Oficial de Galicia de 23 de septiembre), código RUCT 4312205.

– Máster universitario en Investigación en Comunicación, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre (Diario Oficial de Galicia de 15 de diciembre), código RUCT 4311040.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de febrero de 2013

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria