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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Viernes, 22 de febrero de 2013 Pág. 5271

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

CORRECCIÓN de errores. Orden de 14 de diciembre de 2012 por la que se establecen las normas de pesca en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada de 2013.

Advertidos errores en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 245, de 26 de diciembre de 2012, es preciso hacer las siguientes correcciones:

– En la página 47815, en el artículo 1, apartado 4, primer párrafo, donde dice: «Las capturas accidentales fuera de la temporada hábil y de ejemplares de menos de 40 cm y las capturas en tramos de pesca sin muerte tendrán que ser devueltas al agua con rapidez ...», debe decir: «Las capturas accidentales, las capturas fuera de la temporada hábil, las capturas de ejemplares de menos de 40 cm y las capturas en tramos de pesca sin muerte tendrán que ser devueltas al agua con rapidez ...».

– En la página 47820, en el artículo 4, epígrafe Cebos,donde dice: «e) A partir del 31 de julio, ...», debe decir: «e) Fuera de la temporada hábil, ...».

– En la página 47821, en el artículo 7, donde dice: «Las normas de pesca son las que se recogen en las órdenes de 9 de noviembre ...», debe decir: «las normas de pesca son las que se recogen en las órdenes de 21 de noviembre ...», y donde dice: «...para su adjudicación en el año 2012», debe decir: «...para su adjudicación en el año 2013».

– En la página 47835, en la tabla del anexo V, es preciso eliminar la fila de la cuenca del Navia que corresponde a los ríos Suarna y de Lamas.

– En la página 47850, en la tabla del anexo X correspondiente a la provincia de Lugo, en la fila del coto A Pontenova-lote 4 (O Cairo), columna titulada «Cat.», donde dice: «Salmón», debe decir: «Salmón/reo».

– En la página 47851, en la tabla del anexo X correspondiente a la provincia de Lugo, en la fila del coto San Tirso-lote 2 (Estreitos), columna titulada «Cat.», donde dice: «Salmón», debe decir: «Salmón/reo».

– En la página 47851, en la tabla del anexo X correspondiente a la provincia de Lugo, en la fila del coto San Tirso-lote 3 (Louredal), columna titulada «Cat.», donde dice: «Salmón», debe decir: «Salmón/reo».

– En la página 47851, en la tabla del anexo X correspondiente a la provincia de Lugo, en la fila del coto Vilarmide, columna titulada «Núm. trucha», donde dice: «10», debe decir: «8».

– En la página 47877, en la tabla del anexo XI correspondiente a la provincia de Pontevedra, en la fila correspondiente al río Tea en el término municipal de Covelo, columna titulada «Obs.», donde dice: «Afluentes», debe decir: «Afluentes, excepto Regato da Ponte Pardellas y Río Bo».

– En la página 47884, en la parte del anexo XIV correspondiente al río Eo, en el apartado 1. Períodos hábiles, donde dice: «17 de mayo», debe decir: «19 de mayo», y en el apartado de Cebos para reo, trucha y ciprínidos, donde dice: «Del 1 de julio al 31 de julio se permiten todos los cebos, excepto la cucharilla, el devón y el pez artificial», debe decir: «Del 1 de junio al 31 de julio se permiten todos los cebos, excepto la cucharilla, el devón y el pez artificial».

En la página 47885, en la parte del anexo XIV correspondiente al río Eo, en el apartado de Especies vedadas, deben suprimirse los ciprínidos.