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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 24 Lunes, 4 de febrero de 2013 Pág. 3021

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (1123/2010).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 1123/2010 a instancia de Lorenzo Panete Cimas contra Inaltel, S.A., administradores concursales de la empresa Inaltel, S.A. (Miguel Ángel Alcaraz García, José Ignacio de Mesa Ruiz y Pedro B. Martín Martínez), y contra el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, en los que recayó auto de aclaración de la sentencia el 13 de diciembre de 2012 que, copiado en los particulares necesarios, dice así:

«Parte dispositiva

1. No ha lugar a lo solicitado, especificándose en la propia sentencia que la orden a los administradores concursales es en dicha sola condición.

2. Incorporar esta resolución al libro que corresponda y llevar testimonio a los autos.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Contra este auto no cabe interponer recurso alguno».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Inaltel, S.A. expido y firmo la presente.

A Coruña, 15 de enero de 2013

El secretario judicial