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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 21 Miércoles, 30 de enero de 2013 Pág. 2663

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

EDICTO de 15 de enero de 2013, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, relativo a la iniciación de expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte con la denominación de A Cruz y 39 más, a favor de los vecinos de la parroquia de Moura (excepto Monteverde y Fiscal), en el municipio de Nogueira de Ramuín (Ourense).

El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, en sesión que tuvo lugar con fecha 10 de diciembre de 2012, acordó iniciar el expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte con las características que a continuación se relacionan:

Municipio: Nogueira de Ramuín.

Denominación del monte: A Cruz y 39 más.

Comunidad vecinal solicitante: vecinos de la parroquia de Moura (excepto Monteverde y Fiscal).

Superficie total: 173,22 ha.

La superficie a clasificar, según previo informe técnico del Servicio de Montes, se encuentra distribuida en las siguientes parcelas:

1. O Viso, que comprende las parcelas 568, 580, 586, 618, 679 y 1112 del polígono 1, y 594, 837 y 839 del polígono 5.

2. As Tapadas, que comprende las parcelas 344, 345, 346, 354, 357 y 358 del polígono 30, y 60, 66 y 94 del polígono 31.

3. A Cruz, que comprende las parcelas 73, 77 y 78 del polígono 30.

4. Agra do Medio 1, que comprende la parcela 179 del polígono 5.

5. Agra do Medio 2, que comprende la parcela 183 del polígono 5.

6. As Barxas, que comprende la parcela 160 del polígono 31.

7. As Barxas 2, que comprende la parcela 167 del polígono 31.

8. As Lameiras, que comprende la parcela 1064 del polígono 29.

9. As Lameiras 2, que comprende la parcela 1070 del polígono 29.

10. Carballeira, que comprende la parcela 856 del polígono 29.

11. Os Rabechos, que comprende las parcelas 775, 781 y 896 del polígono 29.

12. Baldomar, que comprende la parcela 227 del polígono 36.

13. Cabanas, que comprende la parcela 156 del polígono 34.

14. Casarello, que comprende las parcelas 295, 399, 300, 312, 991, 992, 993, 994, 995, 996 y 997 del polígono 7.

15. Celeirós, que comprende las parcelas 699, 702, 912 y 913 del polígono 7.

16. Cortiñas, que comprende la parcela 971 del polígono 29.

17. Costa, que comprende la parcela 1156, 1407 y 1409 del polígono 29.

18. Cotarón, que comprende la parcela 53 del polígono 5.

19. Figueiredo, que comprende la parcela 641 del polígono 1.

20. Figueiredo 2, que comprende la parcela 39 del polígono 2.

21. Fiscal, que comprende la parcela 492 del polígono 2.

22. Fonte Gándara, que comprende la parcela 1517 del polígono 29.

23. Lameiriños, que comprende la parcela 2260 del polígono 29.

24. Mormeiral, que comprende la parcela 7 del polígono 29.

25. Mormeiral 2, que comprende la parcela 10 del polígono 29.

26. Mormeiral 3, que comprende la parcela 151 del polígono 29.

27. O Valiño, que comprende las parcelas 172 y 174 del polígono 30.

28. Os Muíños, que comprende las parcelas 411, 412, 413 y caminos del polígono 1.

29. Pedra Ancha, que comprende la parcela 29 del polígono 7.

30. Pena Redonda, que comprende la parcela 341 del polígono 30.

31. Picota, que comprende la parcela 1494 del polígono 29.

32. Portocabaleiros, que comprende la parcela 2114 del polígono 29.

33. Río Cabe, que comprende la parcela 984 del polígono 7.

34. Río Cabe 2, que comprende las parcelas 508 y 509 del polígono 29.

35. Solveira, que comprende la parcela 375 del polígono 5.

36. Soutelo, que comprende la parcela 624 del polígono 5.

37. Taradela, que comprende la parcela 58 del polígono 34.

38. Taraxela, que comprende la parcela 131 del polígono 5.

39. Vilares, que comprende las parcelas 1140 y 1148 del polígono 29.

Los lindes correspondientes a las parcelas a clasificar enumeradas se recogen en el expediente que se encuentra en el Servicio Jurídico Administrativo de la Jefatura Territorial de Medio Rural de Ourense a disposición de los interesados.

Lo que se pone en conocimiento de todos los interesados indicándoles que se abre un período de un mes para que puedan examinar el expediente y efectuar las alegaciones que estimen convenientes, así como aportar los documentos o informaciones que estimen oportunas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.

Ourense, 15 de enero de 2013

Ricardo Ignacio Vecillas Rojo
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense