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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 17 Jueves, 24 de enero de 2013 Pág. 2051

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ourense

EDICTO (181/2012).

Manuel Rodríguez Zarraquiños, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ourense, por el presente

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En el presente procedimiento ordinario 181/2012 seguido a instancia de Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S.A. frente a Ronny Rafael Ugarte Falcones, se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:

«Sentencia:

Ourense, veintisiete de julio de dos mil doce.

Vistos por María José González Movilla, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 3 de los de Ourense y su partido judicial, los presentes autos de juicio ordinario número 181/2012, sobre reclamación de cantidad, promovidos a instancia de la compañía mercantil Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., representada por el procurador Sr. Marquina Fernández, asistida por el letrado Sr. Sanjiao García, contra Ronny Rafael Ugarte Falcones, en situación de rebeldía en este procedimiento.

Siguen antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos.

Fallo que estimando la demanda formulada por la representación de la compañía mercantil Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., contra Ronny Rafael Ugarte Falcones, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de once mil ochocientos dieciséis euros y veintiséis céntimos, más los intereses devengados desde la fecha de liquidación de la deuda, el día 6 de febrero de 2012, hasta la del completo pago calculados al tipo pactado en el contrato, imponiendo expresamente al demandado las costas de este procedimiento.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en la forma prevista en los artículos 455 y siguientes de la Ley de enjuiciamiento civil.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Siguen firmas.

Y encontrándose dicho demandado, Ronny Rafael Ugarte Falcones, en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Ourense, 27 de julio de 2012

El secretario judicial