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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 17 Jueves, 24 de enero de 2013 Pág. 2055

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (151/2012).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento sobre despido/ceses en general 151/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Martín Santalla Seoane contra la empresa Brauron, S.L., Mabarza, S.L., Brauron, S.A., Eduardo Deben Probados, Exfoga, S.L.U., Xestora Couros 2000, S.L., Kebot 51, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallo que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por Martín Santalla Seoane y, en consecuencia:

1º. Declaro, con fecha de la presente sentencia, la resolución del contrato de trabajo que une al actor con la empresa Brauron, S.L. y condeno solidariamente a Brauron, S.L., Exfoga, S.L. y Mabarza, S.L. a abonar al actor la cantidad de 10.018,29 euros en concepto de indemnización.

2º. Condeno solidariamente a Brauron, S.L., Exfoga, S.L. y Mabarza, S.L. a abonar al actor 18.562,35 euros netos en concepto de salarios, complemento de IT y liquidación de vacaciones, devengados desde enero de 2011 hasta el mes de julio de 2012, inclusive.

Dichas sumas habrán de incrementarse con los intereses del artículo 576 LEC.

Condeno a la administración concursal y al Fogasa a estar y pasar por esta resolución y en el caso del Fogasa de conformidad con lo normado en el artículo 33 del ET.

Absuelvo a Xestora Kouros 2000, S.L. y Kebot 51 de los pedimentos de condena contenidos en demanda contra las mismas.

Se tiene al actor por desistido de la acción ejercitada contra Brauron, S.A.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo. La magistrada jueza».

Se advierte al destinatario Brauron, S.A. que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 4 de enero de 2013

La secretaria judicial