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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Lunes, 21 de enero de 2013 Pág. 1799

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ANUNCIO de 27 de diciembre de 2012, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se da publicidad a la Resolución de 4 de diciembre de 2012 del director general de Desarrollo Rural por la que se modifica el Acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Biduído II-Bugallido II (Ames-A Coruña).

El 4 de diciembre de 2012 el director general de Desarrollo Rural dictó la resolución de modificación del Acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Biduído II-Bugallido II (Ames-A Coruña) que se transcribe a continuación:

«El Acuerdo de la zona de concentración parcelaria de Biduído II-Bugallido II (Ames-A Coruña) fue aprobado por la Dirección General de Infraestructuras Agrarias el 5 de julio de 2004, encontrándose en la actualidad pendiente de firmeza.

Con posterioridad a estos actos, con fecha 28 de junio de 2012 por parte del Ayuntamiento de Ames se solicita la cesión de la propiedad de la finca nº 577 como consecuencia de la instalación de una estación depuradora de aguas residuales.

Visto el informe favorable de la junta local de la zona, la Ley de reforma y desarrollo agrario, de 12 de enero de 1973, la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, modificada por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre, la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en su redacción según la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás disposiciones legales vigentes de aplicación al caso.

A la vista de que el destino para el que se solicita la finca nº 577 es perfectamente subsumible en el supuesto recogido en el artículo 32 de la dicha ley gallega, esta dirección general, resuelve:

1) Modificar el Acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Biduído II-Bugallido II (Ames-A Coruña) y adjudicar al Ayuntamiento de Ames la titularidad de la finca nº 577 –que causa baja en el fondo de tierras de la zona– para ser destinada a instalación de una estación depuradora de aguas residuales.

2) En caso de incumplimiento de los fines para los que es adjudicada, la titularidad de la referida finca revertirá al fondo de tierras de la zona, al patrimonio de la Comunidad Autónoma, a la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) o a otra entidad que corresponda, según el caso.

3) Ordenar que a la presente resolución se le dé la oportuna publicidad sin perjuicio de su notificación al Ayuntamiento de Ames».

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería del Medio Rural y del Mar, en el plazo de un mes que se contará desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución.

A Coruña, 27 de diciembre de 2012

Antonio Manuel Aguión Fernández
Jefe territorial de A Coruña