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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 12 Jueves, 17 de enero de 2013 Pág. 1436

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Bueu

ANUNCIO por el que se hace pública la convocatoria para la elección de juez de paz sustituto del ayuntamiento de Bueu.

De conformidad con lo establecido en el capítulo VI, artículos 99 a 103 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, se anuncia convocatoria pública para la provisión del cargo de juez de paz sustituto en el ayuntamiento de Bueu, conforme a las siguientes bases:

1ª. Objeto: la provisión del cargo de juez de paz sustituto, por un período de cuatro años.

2ª. Solicitudes: se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en horario de 8.00 a 14.00 horas de lunes a viernes y de 9.30 a 13.00 horas los sábados, durante un plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia.

Con la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Certificado de nacimiento o fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

b) Certificación expedida por el Registro central de penados y rebeldes, acompañada de declaración jurada complementaria del solicitante referida a que no se encuentra inculpado o procesado.

c) Justificación de los méritos alegados por el solicitante.

3ª. Requisitos: ser español y mayor de edad, no estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad previstas para el desempeño de las funciones judiciales, excepto actividades profesionales o mercantiles.

Las causas de incompatibilidad y prohibiciones señaladas en el capítulo II, artículos 389 a 397 de la Ley orgánica del poder judicial operarán con posterioridad al nombramiento, mediante opción efecuada por el nombrado.

Son causas de incapacidad estar impedido física o psíquicamente para esta función, estar condenado por delito doloso mientras no se obtenga la rehabilitación, estar procesado o inculpado por delito doloso, mientras no se obtenga la absolución o sea dictado auto de sobreseimiento y no encontrarse en pleno ejercicio de los derechos civiles.

Bueu, 22 de noviembre de 2012

Félix Juncal Novas
Alcalde