El artículo 41.1 párrafo o) de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, establece que los titulares de redes de distribución de energía eléctrica, antes del 15 de octubre de cada año, deberán presentar sus planes de inversión anuales y plurianuales a las comunidades autónomas en las que dichas inversiones vayan a realizarse. Por otra banda, el Real decreto 222/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el régimen retributivo de la actividad de distribución de energía eléctrica, en su artículo 4.2 párrafo b) y en el artículo 9, establece que las empresas distribuidoras deberán reflejar la extensión natural de su red de distribución en los planes anuales y plurianuales para un horizonte de cuatro años, los cuales serán remitidos a las comunidades autónomas, para su aprobación.
De esta manera, una vez aprobados los planes de inversión y desarrollo presentados por las distribuidoras de energía eléctrica, procede su publicación para general conocimiento.
Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,
RESUELVE:
Ordenar la publicación de los planes de inversión anuales y plurianuales para el horizonte 2012-2015, para el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, presentados por las distribuidoras de energía eléctrica, donde se recogen con carácter indicativo las instalaciones que son consideradas total o parcialmente como extensión natural de la red y que, por lo tanto, deben ser realizadas y costeadas por las empresas de distribución responsables de las mismas y reconocidas en la retribución correspondiente según lo establecido en el Real decreto 222/2008, de 15 de febrero.
El acceso a los mismos, se puede hacer a través de la dirección de internet:
http://economiaeindustria.xunta.es/plans-de-investimento
Santiago de Compostela, 3 de enero de 2013
Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Industria, Energía y Minas