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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Jueves, 10 de enero de 2013 Pág. 944

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (37/2011).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 37/2011 a instancia de José Antonio Martínez Lijo contra la empresa Alaplana Coruña, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre cantidad, en los que recayó sentencia el 13 de diciembre de 2012 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo:

Se estima la demanda interpuesta por José Antonio Martínez Lijo frente a Alaplana Coruña, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia, se condena a Alaplana Coruña, S.L. a abonar al actor la cantidad de tres mil ciento veintidós euros con ochenta y ocho céntimos de euro (3.122,88 euros).

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Alaplana Coruña, S.L., expido y firmo la presente.

A Coruña, 19 de diciembre de 2012

La secretaria judicial