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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 5 Martes, 8 de enero de 2013 Pág. 733

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (PO 442-12-M).

María Jesús Hernando Arenas, secretaria del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hace saber que ante este juzgado se tramitan autos con el número PO 442/12 a instancia de Ana Isabel Fraga Costa, Yolanda Sánchez Raña, M. Isabel Estraviz Pérez contra Exclusivas Multicentro, S.L., Administración Concursal y Fogasa sobre cantidad, en los que en el día 24 de octubre de 2012 se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice textualmente:

«Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Ana Isabel Fraga Costa, Yolanda Sánchez Raña y María Isabel Estraviz Pérez contra la empresa Exclusivas Multicentro, S.L., y, en consecuencia, debo condenar y condeno a Exclusivas Multicentro, S.L. a que abone a cada una de las demandantes las siguientes cantidades:

– A Ana Isabel Fraga Costa: 4.032,85 €.

– A Yolanda Sánchez Raña: 3.320,49 €.

– A María Isabel Estraviz Pérez: 3.129,22 €.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Si el recurso es interpuesto por la parte demandada no se admitirá el mismo sin la previa consignación del importe de la condena que deberá ingresar en la cuenta del Juzgado de lo Social número cinco de A Coruña, más 300 € del depósito especial indicado en el artículo 229.1 a) de la LRJS. Ambos ingresos deberán efectuarse por separado, pudiendo la empresa sustituir el importe de la consignación por la constitución a disposición de este juzgado de aval bancario por tiempo indefinido y con responsabilidad solidaria del avalista.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Para que conste e insertar en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación a la empresa demandada Exclusivas Multicentro, S.L. con el apercibimiento de que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del juzgado excepto las que revistan forma de emplazamientos, sentencias y autos, y expido y firmo el presente.

A Coruña, 17 de diciembre de 2011

María Jesús Hernando Arenas
Secretaria judicial