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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 5 Martes, 8 de enero de 2013 Pág. 704

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 18 de diciembre de 2012 por la que se aprueba el Plan de gestión de recursos piscícolas de O Rego de Moreda, en el término municipal de Taboada.

Antecedentes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, aprobado por el Decreto 130/1997, de 14 de mayo, el Servicio Provincial de Conservación de la Naturaleza de Lugo inició el expediente de aprobación del Plan de gestión de recursos piscícolas del arroyo de Moreda, situado en el término municipal de Taboada.

En la tramitación del Plan de gestión de recursos piscícolas del arroyo de Moreda fueron oídos el Comité Provincial de Pesca Fluvial de Lugo y el Comité Gallego de Pesca Fluvial, que emitieron informes favorables sobre su aprobación.

Fundamentos jurídicos.

La tramitación del expediente de aprobación del Plan de gestión de recursos piscícolas del arroyo de Moreda se ajustó a lo establecido en la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, y al Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales.

Con arreglo a lo establecido en el artículo 68 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras es el órgano competente para la aprobación de los planes de gestión de recursos piscícolas.

De acuerdo con todo lo anterior,

RESUELVO:

Aprobar el Plan de gestión de recursos piscícolas del arroyo de Moreda.

El contenido íntegro de este plan podrá consultarse en las dependencias de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, sitas en San Lázaro, s/n, en Santiago de Compostela.

Contra esta orden podrá interponerse el recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela en el plazo de dos meses, contados estos plazos desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 2012

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras