María Jesús Pérez Fernández, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santiago de Compostela, por el presente anuncio.
En el presente procedimiento seguido a instancia de Bankia, S.A.U., frente a Jesús Román Vidal se ha dictado sentencia el 18 de septiembre de 2012, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Sentencia.
Vistos por mí, Ana Belén López Otero, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santiago de Compostela, las presentes actuaciones de juicio ordinario tramitadas con el número 1018/2010, en el que han intervenido como demandante Bankia, S.A.U. (tras sucesión procesal operada respecto a Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante), representado por la procuradora de los tribunales Sra. Losada Gómez y asistido por el letrado Sr. Zamorano Fernández, y como demandado Jesús Román Vidal en situación de rebeldía, en virtud de las siguientes consideraciones,
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,
Dispongo:
Estimar la demanda interpuesta por Bankia, S.A.U. (tras sucesión procesal operada respecto a Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante) y, en consecuencia, se condena a Jesús Román Vidal a abonar a la actora la suma de 8.137,54 más los intereses moratorios pactados desde la interposición de la demanda, todo ello con expresa imposición de costas a la demandada.
Notifíquese esta resolución a todos los interesados haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación, para su posterior resolución por la Audiencia Provincial, previo depósito de la suma de 50 euros.
Así lo acuerdo, mando y firmo».
Y para que sirva de notificación en forma al demandado, Jesús Román Vidal, en situación de rebeldía y cuyo domicilio se desconoce, expido, sello y firmo la presente.
Santiago de Compostela, 23 de octubre de 2012
La secretaria judicial