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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Jueves, 3 de enero de 2013 Pág. 227

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4788/2012).

M. Asunción Barrio Calle, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4788/2012-S de esta sección, seguido a instancia de Cristina Rey Piñeiro contra Fogasa, MBE Spain 2000, S.L., Karbert Logística, S.A., Cargo Logistics Store, S.L., Altrans Fast Cargo, S.A., Carolina Paramos Domínguez y Rodolfo Hinrichs Álvarez, sobre despido disciplinario, se ha dictado la resolución cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«Que desestimando el recuso de suplicación interpuesto por la representación procesal de la trabajadora Cristina Rey Piñeiro, contra la sentencia de fecha 29 de febrero de 2012, dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Vigo, en los presentes autos sobre despido, tramitados a instancia de la referida recurrente frente a las empresas Karbert Logística, S.L., Cargo Logístics Store, S.L., Altrans Fast Cargo, S.A., y contra el Fondo de Garantía Salarial, debemos confirmar y confirmamos íntegramente dicha sentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta Sala de lo Social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 218 y siguientes de la Ley de jurisdicción social.

Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, nº 1552 0000 80 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala nº 1552 0000 37 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que así conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a Cargo Logistics Store, S.L., con último domicilio conocido en Vigo, Gran Vía, nº 170, p-1, 1º D, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 12 de diciembre de 2012

La secretaria judicial