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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 1 Miércoles, 2 de enero de 2013 Pág. 138

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Monforte de Lemos

ANUNCIO de aprobación inicial del Plan general de ordenación municipal.

Aprobado inicialmente el Plan general de ordenación municipal, por Acuerdo del Pleno Extraordinario de fecha 21 de diciembre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.2 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, se somete a información pública por el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Galicia con todos los documentos integrantes del expediente tramitado, incluido el informe de sostenibilidad ambiental y, de acuerdo con el artículo 11.3 del texto refundido de la Ley del suelo, aprobado por Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, el resumen ejecutivo expresivo de los ámbitos en los que la ordenación proyectada altera la vigente y los ámbitos en los que se suspende la ordenación o procedimientos de ejecución o intervención.

Durante el citado plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegacións que se estimen pertinentes.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, quedan suspendidas las licencias en el conjunto del territorio municipal con las siguientes excepciones:

1. En suelo rústico podrán otorgarse licencias siempre que, simultáneamente, se cumplan las condiciones del plan vigente y las del plan aprobado inicialmente, aplicando para el primero lo establecido en la disposición transitoria primera de la LOUGA.

2. En suelo de núcleo rural podrán otorgarse licencias que tengan por objeto la realización de obras de rehabilitación en los edificios existentes.

3. En suelo urbano se suspenden las licencias con las excepciones de aquellos ámbitos que, teniendo normas zonas similares desde el punto de vista tipológico (residencial cerrada, residencial abierta, dotacional, industrial, residencial mixta) cumplan simultáneamente las condiciones del planeamiento vigente y del plan aprobado inicialmente. Igualmente, en el ámbito declarado conjunto histórico-artístico, podrán otorgarse licencias conforme a lo establecido en el artículo 47 de la Ley 8/1995, de patrimonio cultural de Galicia.

Quedan excluidos de la suspensión de licencias los ámbitos de planeamiento urbanístico que el plan general aprobado inicialmente incorpora a la ordenación conforme a sus disposiciones finales.

La suspensión de licencias tendrá una duración máxima de dos años contando desde la citada aprobación inicial, y en cualquier caso, se extinguirá con la aprobación definitiva del planeamiento.

Monforte de Lemos, 22 de diciembre de 2012

Severino Rodríguez Díaz
Alcalde