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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 1 Miércoles, 2 de enero de 2013 Pág. 11

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2012 por la que se adjudican las ayudas del anexo II, modalidad B, de la Orden de 17 de octubre de 2012 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa inicial de formación posdoctoral del Plan gallego de investigación, innovación y crecimiento 2011-2015 (Plan I2C) para el año 2012, y se procede a su convocatoria.

La Orden de 17 de octubre de 2012 (DOG núm. 205, de 26 de octubre) establece las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas de apoyo a la etapa inicial de formación posdoctoral, en el marco del Plan gallego de investigación, innovación y crecimiento 2011-2015 (Plan I2C) para el año 2012, en régimen de concurrencia competitiva.

En el artículo 2 de las bases de la orden de convocatoria se determinan los requisitos que deberían cumplir los candidatos de las ayudas correspondientes al Programa de apoyo a la etapa inicial de formación posdoctoral, y en el artículo 2 del anexo II de la Orden de 17 de octubre se concretan los requisitos para la modalidad B.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de esta convocatoria, después de estudiadas las solicitudes se publicaron los listados provisionales de solicitudes admitidas y excluidas y las personas interesadas tuvieron un plazo de diez días para formular reclamaciones para enmendar errores y falta de documentos ante la Secretaría General de Universidades.

Las solicitudes admitidas fueron estudiadas por la comisión de selección definida en el artículo 7 de la propia orden de convocatoria según los criterios establecidos en el artículo 5 del anexo II, referente a la modalidad B.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de las bases de la convocatoria, y atendiendo a la propuesta de concesión elevada por la citada comisión de selección, en su reunión de 20 de diciembre de 2012, a través de la Secretaría General de Universidades,

RESUELVO:

Primero. Conceder las ayudas de la modalidad B de apoyo a la etapa inicial de formación posdoctoral para el año 2012 a las universidades del SUG que contraten a los/las solicitante de una plaza del Programa de apoyo a la etapa inicial de formación posdoctoral que se relacionan en el anexo I.

Segundo. Todas las solicitudes que figuran en el anexo I de esta resolución cumplen los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

Tercero. Las 17 ayudas postdoctorales (modalidad B) concedidas se financiarán con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012 y años sucesivos, de acuerdo con la siguiente distribución según la estructura de pagos recogida en el artículo 10 de las bases de la convocatoria en el punto referido a la modalidad B, en lo relativo al libramiento de la subvención.

Aplicación presupuestaria

Universidad

Nº plazas

2012

2013

2014

Total

15.40.561B.444.4

UDC

2

2.000,00

62.700,00

5.700,00

70.400,00

15.40.561B.444.4

USC

9

9.000,00

282.150,00

25.650,00

316.800,00

15.40.561B.444.4

UVigo

6

6.000,00

188.000,00

17.100,00

211.200,00

Totales

17

17.000,00

532.950,00

48.450,00

598.400,00

Cuarto. Las ayudas concedidas serán financiables por el FSE, en el eje 3, tema prioritario 74, en el marco del Programa operativo FSE Galicia 2007-2013, en un porcentaje máximo del 80 %. Por eso, las universidades beneficiarias de las ayudas y los/las solicitantes contratados/as deberán cumplir las normas recogidas en el Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Feder, al FSE y al Fondo de Cohesión; en el Reglamento (CE) nº 1081/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al FSE y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1748/1999; las normas de información y publicidad de los fondos contenidos en el Reglamento 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre (E 371/1, DOUE de 27 de diciembre de 2006), y en el resto de normativa que resulte de aplicación.

Quinto. El artículo 10 de la orden de convocatoria establece que las universidades serán las encargadas del pago de los correspondientes contratos, así como de la presentación de la justificación ante la Secretaría General de Universidades para el libramiento de las ayudas.

Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin que se presentara esta ante el órgano administrativo competente, este requerirá el beneficiario para que, en el plazo improrrogable de diez días, la presente. A falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Sexto. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los/las interesados/las podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 21 de diciembre de 2012

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO I
Solicitudes concedidas

Universidad de A Coruña.

Exp.

1er apellido

2º apellido

Nombre

DNI

POS-B/2012/012

García

Moreno

Rosario

*****987A

POS-B/2012/013

Lodeiro

Fernández

Pablo Manuel

*****681E

Universidad de Santiago de Compostela.

Exp.

1er apellido

2º apellido

Nombre

DNI

POS-B/2012/001

Adrio

Castiñeira

Luis Ángel

*****225N

POS-B/2012/003

Domínguez

Medina

Eduardo

*****397S

POS-B/2012/004

Gómez

Couso

Hipólito

*****354Q

POS-B/2012/005

Martínez

Sánchez

Susana

*****744N

POS-B/2012/006

Míguez

Macho

Antonio

*****885J

POS-B/2012/007

Otero

Casas

José Manuel

*****091N

POS-B/2012/009

Rubinos

González

David Antonio

*****239S

POS-B/2012/010

Sánchez

Prado

Lucía

*****903R

POS-B/2012/011

Romero

Pita

M. Carmen

*****162M

Universidad de Vigo.

Exp.

1er apellido

2º apellido

Nombre

DNI

POS-B/2012/014

Álvarez

Rodríguez

Susana

*****787V

POS-B/2012/015

Cervantes

Cianca

Rosa Carmina

*****7340M

POS-B/2012/016

Domínguez

Represas

Alberto

*****375R

POS-B/2012/017

Fuentes

Cid

Sara

*****218V

POS-B/2012/018

Lago

Blanco

Ana Belén

*****247Y

POS-B/2012/019

Rodríguez

Ramilo

Silvia Teresa

*****258Q