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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Miércoles, 26 de diciembre de 2012 Pág. 47904

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO (724/2012).

Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 724/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Óscar López Fraga contra Canalonsa Aluminio Lugo, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que, estimando la demanda interpuesta por Óscar López Fraga contra la empresa Canalonsa Aluminio Lugo, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante con efectos de 30 de junio de 2012, y condeno a la demandada a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución opte entre la readmisión de la actora, en las mismas condiciones que regían antes del despido, o una indemnización equivalente a 5.498,07 euros y, en el caso de la opción por la readmisión, al abono de los salarios de tramitación en cuantía de 41,97 euros diarios (de los que habría que deducir las cantidades percibidas en la empresa en la que figura de alta desde el 5 de julio de 2012). De no optar entre readmisión o indemnización se entiende que procede la primera. Procede la absolución del Fogasa sin perjuicio de la ulterior responsabilidad que pudiera alcanzarle en los casos legalmente previstos.

Y para que sirva de notificación en forma a Canalonsa Aluminio Lugo, S.L., en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Lugo, 30 de noviembre de 2012

El secretario judicial