Una vez advertidos errores en el anexo I, fase de concurso, de la Resolución de 5 de noviembre de 2012 por la que se convocan pruebas selectivas, por el turno de promoción interna y por el turno libre, para la provisión de plazas de técnico en prevención de riesgos laborales vacantes en la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Universidad de A Coruña (DOG de 27 de noviembre), esta gerencia, en el uso de las atribuciones conferidas en el artículo 40 de los estatutos de esta universidad, aprobados por el Decreto 101/2004, de 13 de mayo (DOG de 26 de mayo), y de la delegación de competencias operada por Resolución rectoral de 16 de enero de 2012, y según lo que dispone el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, rectifica y publica dichos errores de la manera que se indica:
Donde dice: «La antigüedad, hasta un máximo de 30 puntos, se valorará a razón de 0,625 puntos por mes en la categoría y grupo de técnico en prevención de riesgos laborales en la especialidad correspondiente y 0,15 puntos por mes en la categoría y grupo de técnico en prevención de riesgos laborales en la especialidad correspondiente en otras administraciones»; debe decir: «La antigüedad, hasta un máximo de 30 puntos, se valorará a razón de 0,625 puntos por mes en la categoría y grupo de técnico en prevención de riesgos laborales en la especialidad correspondiente en la UDC y 0,15 puntos por mes en la categoría y grupo de técnico en prevención de riesgos laborales en la especialidad correspondiente en otras administraciones».
A Coruña, 13 de diciembre de 2012
Juan Manuel Díaz Villoslada
Gerente de la Universidad de A Coruña