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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 241 Miércoles, 19 de diciembre de 2012 Pág. 47313

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 29 de noviembre de 2012 por la que se efectúa apercibimiento de orden de desalojo del departamento número 9, situado en las instalaciones del puerto de Suevos, autorizado a Juan Manuel Souto Añón.

Intentada mediante correo certificado la notificación de orden de desalojo (fecha de acuse de recibo 28.9.2012) y no siendo posible por resultar ausente en su domicilio el destinatario, por medio de esta cédula se pone en su conocimiento que ha finalizado el plazo de la autorización temporal del departamento nº 9 del puerto de Suevos, al no aportar la documentación solicitada.

Por lo expuesto, esta jefatura de zona, en lo que resulta de su competencia, resuelve emitir orden de desalojo inmediato del referido departamento al día siguiente de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia. De no proceder al desalojo inmediato, se aplicará lo dispuesto en la regla 9ª de la tarifa E-2 de la Ley 6/2003, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, que dice: «En el caso de ocupación de superficie sin contar con esta autorización, la tarifa que se aplicará durante el plazo de ocupación será el quíntuple de la que con carácter general le correspondería…» hasta que se efectúe el desalojo por usted, hecho que deberá comunicar al personal de Puertos de Galicia. En el caso contrario, se seguirá aplicando lo dispuesto anteriormente, sin perjuicio de la sanción que pueda proceder.

importe mensual de la regla décima de la tarifa E-2:

11,95 m2×0,038749 €/ m2/día×5= 2,31525275 €/ día+IVA.

En el caso de no llevar a cabo el desalojo voluntario, Puertos de Galicia se reservará el derecho de efectuarlo a su costa, pasándole posteriormente los gastos originados y no responsabilizándose Puertos de Galicia por los daños causados en la retirada y transporte de los enseres.

Contra esta orden, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección del ente público en el plazo de un (1) mes a partir de su recepción, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

A Coruña, 29 de noviembre de 2012

Lorena Solana Barjacoba
Ingeniera jefa de la zona centro de Puertos de Galicia