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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Martes, 18 de diciembre de 2012 Pág. 47010

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (3176/2009).

Francisco Javier Gamero López-Peláez, secretario judicial de la Sección Segunda de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación número 3176/2009 de esta sección, seguido a instancia de Jessica María Doval Castro contra la empresa Servicio Público de Empleo Estatal y Ais Norte 06, S.L. sobre desempleo, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la letrada del Servicio Público de Empleo Estatal en la representación que ostenta de la citada entidad, contra la sentencia de fecha 27 de abril de 2009, dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña en autos seguidos a instancia de Jessica María Doval Castro contra la entidad recurrente, sobre prestaciones por desempleo, debemos confirmar y confirmamos en su integridad la citada resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia haciéndoles saber que contra la misma sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de jurisdicción social.

Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la cuenta corriente de esta sala en el banco Banesto, nº 1552 0000 80 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la cuenta corriente de esta sala nº 1552 0000 35 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que así conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la patronal Ais Norte 06, S.L., con último domicilio conocido en Ronda de Outeiro, 238, 1º izquierda, 15010 A Coruña, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 28 de noviembre de 2012

El secretario judicial