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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 239 Lunes, 17 de diciembre de 2012 Pág. 46896

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (27/2011).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 27/2011, de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Gica Secareanu, Mihai Boros y Miguel Escabia Rosero contra la empresa Construcciones del Noroeste 2005, S.L., habiendo sido citado el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia número 878/2012, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 15 de noviembre de 2012.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 (refuerzo) de A Coruña, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre reclamación de cantidad 27/2011, siendo demandantes Gica Secareanu, Mihai Boros y Miguel Escaria Rosero, representados por el letrado Sr. Martínez Ramonde, y demandada la empresa Construcciones del Noroeste 2005, S.L., habiendo sido citado, de la misma manera, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).

Fallo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Gica Secareanu contra la empresa Construcciones del Noroeste 2005, S.L. y, en consecuencia, condeno a la empresa demandada a abonar a Gica Secareanu la cantidad de 12.464,12 euros que adeuda, cantidad ésta que deberá incrementarse con el interés de mora del 10%, si bien única y exclusivamente en los conceptos de contenido estrictamente salarial.

De la misma manera, debo acordar y acuerdo el sobreseimiento del presente procedimiento, en lo que se refiere a la acción interpuesta por parte de Mihai Boros y de Miguel Escaria Rosero, por desistimiento.

No procede la condena del Fondo de Garantía Salarial en esta instancia, sin perjuicio de la responsabilidad que se le pueda imputar con posterioridad.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a la mercantil demandada Construcciones del Noroeste 2005, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 20 de noviembre de 2012

La secretaria judicial